Los vehículos no suelen llevar adheridas pegatinas de fabricantes o concesionarios, pero en el parabrisas es frecuente que aparezcan estas dos: la etiqueta ITV y la medioambiental de la DGT. Ahora bien, ¿ambas son obligatorias?
¿Cuándo es forzoso llevar la pegatina de la ITV?
La etiqueta asociada a la ITV, también llamada V-19, se obtiene tras superar la correspondiente inspección técnica. Tal y como señala el Real Decreto 224/2008, los vehículos con una antigüedad superior a los cuatro años deben llevarla obligatoriamente.
Han de colocarse en el parabrisas de forma visible para facilitar el trabajo a los agentes de tráfico, de manera que al comprobar la etiqueta no tengan que buscar la información pertinente en la base de datos.
¿Dónde se puede adquirir la pegatina de la ITV?
Esta se recibe de manos del operario que certifica la superación de la inspección y, en caso de deterioro o de pérdida, es posible solicitar un duplicado en la misma estación ITV donde tuvo lugar la evaluación del coche, aportando la documentación necesaria.
¿Cuál es la multa por no llevar la pegatina de la ITV visible?
La multa por no llevar la pegatina de la ITV visible es de 80 euros y será el titular del vehículo el responsable de abonarla. Al tratarse de una sanción administrativa, no existe pérdida de puntos. Ahora bien, hay que tener en cuenta que si el conductor acumula pegatinas en su parabrisas hasta perder parte de la visibilidad para conducir de forma segura, deberá hacer frente a una infracción de 200 euros, tal y como establece el Reglamento General de Circulación.
La etiqueta medioambiental, ¿es o no obligatoria?
La etiqueta medioambiental fue creada por la Dirección General de Tráfico en 2016 para clasificar los vehículos por su nivel contaminante. De ese modo, actualmente existen cuatro tipos de etiquetas de la DGT diferentes asociados a los vehículos limpios: CERO (emisiones), ECO, B y C. Los demás vehículos, al no cumplir las perspectivas y ser más contaminantes, no tendrán acceso a este distintivo.
Tal y como sucede con la etiqueta de la ITV, la etiqueta medioambiental debe colocarse en un lugar visible, aunque su colocación en este caso es voluntaria, pese a que la DGT recomienda llevarla.
Excepciones relativas a la etiqueta medioambiental
Tanto en Madrid como en Barcelona sí es obligatorio llevar la etiqueta medioambiental para que los agentes puedan controlar mejor los vehículos y regular las zonas de bajas emisiones o ZBE. Incumplir esta norma está penalizado con una multa de 90 o 100 euros, dependiendo de si la infracción es cometida en Madrid o Barcelona, respectivamente.
Desde principios de 2022, el Ayuntamiento de Madrid decidió endurecer las restricciones, impidiendo que los vehículos sin etiqueta que no estuvieran empadronados tuvieran acceso al interior de la M-30.
Además de Madrid y Barcelona, Gijón también ha tomado las medidas oportunas para hacer cumplir esta regulación. De ese modo, los titulares de los vehículos deberán colocar obligatoriamente la etiqueta medioambiental, aunque no sean residentes.
¿Cómo se puede adquirir la etiqueta medioambiental?
Cuando la Dirección General de Tráfico creó su sistema de clasificación medioambiental, hizo llegar sus distintivos a los propietarios de los vehículos para que estos los colocaran, siempre voluntariamente. Si el titular pierde la etiqueta medioambiental, la puede obtener en talleres autorizados, Correos, talleres de la CETRAA, IDEAUTO o a través de gestores administrativos. Recuperarla supone un coste de 5 euros.
¿Dónde hay que llevar las etiquetas de la DGT?
El distintivo medioambiental ha de llevarse en la parte inferior derecha del parabrisas delantero. Si se trata de la pegatina de la ITV, ha de colocarse en la parte superior derecha del parabrisas. En el caso de las motos, al no disponer de luna frontal, deberá colocarse igualmente en un lugar lo suficientemente visible.