La Dirección General de Tráfico (DGT) presentó una propuesta de modificación de la Ley de Tráfico hace unos dos años y por fin ha sido aprobada por el Congreso de los Diputados. El pasado 2 de diciembre fue la fecha de su ratificación final y entra en vigor el 21 de marzo. En esta artículo veremos algunos de los cambios y novedades que la acompañan.
Las medidas de la nueva Ley de Tráfico
Si bien el Congreso ya ha dado el visto bueno a la nueva Ley de Tráfico, su entrada en vigor tendrá lugar tres meses después de su publicación oficial en el BOE, es decir, el marzo de 2022. El objetivo de la reforma por la que ha apostado la DGT consiste en mejorar la seguridad vial y reducir el nivel de siniestralidad en carreteras.
Para hacerlo, ha incidido en las distracciones que los conductores suelen tener al volante, a pesar de la ayuda de los sistemas de conectividad nuevos que tratan de evitarlas. Asimismo, se ha hecho hincapié en algunas imprudencias y en el uso de detectores de radares.
Seguridad, distracciones y adelantamientos
- Sujetar el móvil al mismo tiempo que conducimos. Utilizar el móvil al volante está prohibido. De hecho, las penalizaciones se han hecho más severas, ya que conlleva seis puntos en el carné (anteriormente eran tres) y 200 € de multa.
- Adelantar a ciclistas. En vías de más de un carril por sentido, el conductor estará obligado a dejar una distancia mínima de seguridad de un metro y medio cuando se encuentre con un ciclista por el carril derecho o el arcén. Sin embargo, podrá cambiar completamente de carril. La decisión de adelantar a un ciclista (poniendo en riesgo su vida) está penalizada con seis puntos. Hacer una parada o estacionar en un carril bici, por su parte, genera una multa de 200 €.
- Sistemas de seguridad. No llevar puesto el cinturón de seguridad, el casco (en la moto) o hacer un mal uso de los sistemas de retención infantil conlleva cuatro puntos menos (antes eran tres) y 200 € de multa.
Imprudencias varias
- Detectores de radares. Los conductores que empleaban detectores de radar o inhibidores tenían que hacer frente a una multa considerable. Tras la nueva ley, el conductor que lleve a bordo un detector, aunque esté fuera de uso, tendrá tres puntos menos en el carné y deberá abonar 200 € de multa. Si hablamos de inhibidores, la medida de la DGT es más drástica: el conductor deberá despedirse de seis puntos y pagar 500 €.
- Trampas en los exámenes de conducir. Los conductores que estén dispuestos a utilizar trampas para sacarse el carné de conducir o recuperar los puntos perdidos deberán pagar una multa de 500 € y tendrán que esperar seis meses para volver a presentarse al examen.
- Alcohol. En primer lugar, los vehículos comerciales M2 y M3 que superen los ocho asientos de capacidad, deberán disponer de alcoholímetros antiarranque, tal y como establece la normativa europea. Se trata de dispositivos que obligan al conductor a expirar aire antes de arrancar. En caso de superar el límite marcado, el vehículo queda bloqueado. En segundo lugar, está prohibida la ingesta de alcohol en menores de edad que circulen con cuadriciclos, ciclomotores o vehículos de movilidad reducida. Si el test arroja algo, por muy baja que sea la cifra, estará penalizado.
- Arrojar colillas a la vía. Otra infracción grave que ha considerado la DGT es tirar colillas a la carretera o cerca de ella, así como cualquier objeto que pueda ocasionar un accidente o incendio.