A partir del 14 de abril será obligatorio llevar el registro retributivo en los talleres, te explicamos que es el registro retributivo, como funciona y cuales son las obligaciones.
El Real Decreto 902/2020, publicado en el BOE el pasado 14 de octubre, recoge medidas concretas para disminuir la brecha salarial entre hombres y mujeres. Una de ellas es la obligatoriedad de llevar un registro detallado de toda la plantilla de trabajadores, lo que ayudaría a eliminar los sesgos invisibles y la injusticia salarial.
La creación del registro retributivo actualizado -que también es obligatoria para los talleres- ya existía en 2019. Sin embargo, tras la reforma del 2020, se concedió un plazo de 6 meses para que las empresas puedan adaptarse a los nuevos requerimientos.
¿En qué consiste el registro retributivo?
El registro retributivo es un documento que recoge las distintas remuneraciones de los trabajadores de una empresa, incluyendo cargos superiores y personal directivo. Su objetivo es garantizar que los empleados con funciones, condiciones laborales y requisitos profesionales o formativos equivalentes se mantengan en la misma media salarial sin importar su género.
En sus últimas declaraciones, la Federación Española de Empresarios Profesionales de Automoción (CONEPA) recordó que los talleres de vehículos, cumpliendo con el principio de transparencia y no discriminación, también estarán obligados a llevar este registro.
Como tal, la obligación deberá ser asumida por todo tipo de empresas, independientemente de su tamaño, tipo de convenio y número de trabajadores en plantilla.
¿Qué se busca con este registro?
En principio, el registro retributivo servirá para identificar las discriminaciones directas o indirectas ante la realización de tareas de igual valor en inferioridad de condiciones. Es decir, entre trabajadores que desempeñen el mismo puesto y labor, no podrá existir una brecha salarial injustificada.
¿Qué debe incluir el registro retributivo?
En cumplimiento con la ley aplicable, este documento debe recoger de forma detallada los salarios percibidos por todos los empleados. Para ello, se harán constar las retribuciones de hombres y mujeres por separado. También tendrán que reflejarse los valores medios de los sueldos, así como los complementos salariales y las percepciones extrasalariales de la plantilla.
De igual forma, el registro deberá mostrar la media aritmética de lo percibido efectivamente por cada concepto, teniendo en cuenta el sistema de clasificación que utilice la empresa (grupo profesional, puesto o nivel).
Claves a tener en cuenta
- Diez días antes de crear o modificar el registro, la empresa debe consultar al representante legal de los trabajadores.
- En caso de incoherencias o mala praxis en cuestiones de igualdad salarial, se deben incluir las medidas correctivas. Lo esencial en casos como estos es saber rectificar a tiempo.
- Si una empresa de más de 50 trabajadores muestra una brecha salarial del 25 % entre hombres y mujeres, deberá justificarse. Lo importante es que demuestre que la diferencia salarial no está relacionada con el género de los trabajadores contratados.
- Los empleados tendrán derecho a acceder al registro y también a conocer su contenido a través de sus representantes legales.
- Si no tuvieran representación legal, la información facilitada les mostrará directamente la diferencia porcentual de los salarios percibidos entre hombres y mujeres.
- Para elaborar el registro, se puede seguir el formato diseñado por el Ministerio de Igualdad o el Ministerio de Trabajo y Economía Social. Hasta ahora, este formato no ha sido publicado. Sin embargo, CONEPA ha declarado que facilitará a los talleres una plantilla creada por su equipo técnico; esto en caso de que se acerque la fecha de cumplimiento forzoso de la obligación y todavía no se tenga un documento oficial como base.
En coches.net hemos preparado esta infografía con el resumen de las claves a tener en cuenta para implementar el registro retributivo en talleres.