Los conductores interesados en adquirir un vehículo eléctrico tienen una motivación más para hacerlo. El Gobierno de España, tras la celebración de un Consejo de Ministros ordinario, ha aprobado una deducción del 15 % en el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) por la adquisición de este tipo de coches y motos. También será aplicable al instalar puntos de recarga eléctrica.
Requisitos para disfrutar de la deducción por compra de un vehículo eléctrico
Los portavoces del Gobierno han aclarado que la razón primordial por la cual se ha aprobado esta medida ha sido incentivar la transición verde. No hay que olvidar que ya son varias las quejas realizadas por la falta de agilidad a la hora de gestionar las ayudas del plan Moves III por parte de las comunidades autónomas.
En primer lugar, conviene destacar que la deducción estará en vigor hasta el 31 de diciembre del año 2024 y que la cantidad máxima aplicable será de 20.000 euros. Podrá ser solicitada por cualquier contribuyente que adquiera un vehículo eléctrico a partir del 30 de junio. Eso sí, siempre que lo abone de forma total o parcial antes de la fecha indicada anteriormente.
¿Cuánto desgrava la compra de un coche eléctrico?
En caso de que se opte por el pago a plazos, antes del 31 de diciembre de 2024, el contribuyente deberá haber abonado, al menos, el 25 % del precio total. Al aplicar la deducción sobre dichos 20.000 euros, la cifra máxima de desgravación de la que podrá disfrutar será de 3.000 euros.
Esta desgravación solo puede aplicarse una vez por persona y vehículo. Además, en caso de haber recibido previamente cualquier otro tipo de ayuda pública relacionada con la compra de automóviles electrificados, será obligatorio descontar la cifra recibida.
¿Qué coches eléctricos se benefician de esta deducción del IRPF?
Esta desgravación del IRPF está pensada para usuarios particulares y, por tanto, el vehículo eléctrico adquirido no podrá estar sujeto a actividad económica alguna. Por su parte, el Gobierno también ha establecido valores máximos de compra en algunos caos.
Este precio máximo, que no incluye el IVA ni el IGIC para los ciudadanos de Canarias, es de 45.000 euros en el caso de los coches eléctricos enchufables o de autonomía extendida, si bien es cierto que asciende a 53.000 euros en los que tienen una capacidad de 8 o 9 plazas.
Por su parte, no se establecen límites en lo que respecta a los cuadriciclos L6e y L7e. Tampoco en los coches FCV o FCHV. En cambio, si se fijan para las motocicletas eléctricas L3e, L4e y L5e (10 000 euros).
¿Qué pasa con los puntos de recarga eléctrica de los vehículos eléctricos?
Los usuarios de vehículos eléctricos también podrán disfrutar de esta deducción en el IRPF si proceden a la instalación de un punto de recarga eléctrica antes del 31 de diciembre de 2024. Su importe queda fijado también en el 15 % del valor sin sumar el IVA o el IGIC. Sin embargo, será el límite máximo es un poco mayor, ya que será posible desgravar hasta 4000 euros.
El sector reacciona muy favorablemente
La medida ha sido aplaudida por la inmensa mayoría de actores del sector de la automoción en España. Por ejemplo, la Asociación Nacional de Vendedores de Vehículos (Ganvam) ha dicho que es “un buen paso para progresar en la electrificación del parque”. Algo similar opina la Federación de Asociaciones de Concesionarios de Automoción (Faconauto), que considera que la medida tendrá un “efecto positivo perceptible sobre las ventas”.