Por qué solicitar el informe del vehículo
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Por qué solicitar el informe del vehículo

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4 opiniones

Antes de comprar un vehículo usado es recomendable adquirir el informe del vehículo para conocer su situación legal, y así evitar sorpresas desagradables. En muchas ocasiones, por desconocimiento o simplemente por pereza, firmamos el contrato de compra-venta de un vehículo usado sin haber comprobado previamente si éste tiene alguna carga que impida la normal tramitación del cambio de titular.

En Coches.net puedes solicitar el informe del vehículo
En Coches.net puedes solicitar el informe del vehículo

Coches.net, en colaboración con el Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Madrid, te facilita la solicitud del informe del vehículo de una forma sencilla, ágil y económica. A través de nuestra página, puedes hacer la solicitud del informe y recibirlo en un periodo máximo de un día laborable en tu correo electrónico. De esta manera, te evitas tener que desplazarte, hacer colas y trámites en la delegación de Tráfico, y te aseguras de forma rápida de que el coche que vas a comprar está libre de cargas. El coste de este servicio si pides el informe de un vehículo es de 11,99 euros. Si se solicitan informes para tres vehículo el coste es de 19,99 €, y en el caso de pedir 6 informes el precio es de 24,99 €.

¿Qué información contiene?

Un informe del vehículo, basado en la información disponible en Tráfico, ofrece la siguiente información:

-Posibles cargas, embargos o precintos que recaigan sobre el vehículo.

-Información sobre el historial de ITV, defectos encontrados, reformas por accidente grave, vigencia, fecha de caducidad, etc.

-Limitaciones de disposición (en cuyo caso Tráfico no autorizará el cambio de titular hasta que sea autorizado por una entidad financiera).

-Provincia actual del vehículo.

-Rematriculaciones efectuadas.

-Características técnicas.

-Incidencias denegatorias.

-Número de propietarios anteriores.

-Usos para los que se ha destinado el vehículo.

Ver ejemplo del informe

Conocer los términos:

Embargo

El vehículo embargado se puede vender, pero el comprador lo hace asumiendo dicho embargo, y podría llegar a perder la titularidad del mismo en caso de que la entidad que haya realizado el embargo lo ejecute. La única solución para levantar el embargo es el pago de la deuda por el importe que se anotó como garantía en tráfico (el importe que sale anotado en el Registro de bienes muebles).

Se podría realizar el cambio de titular.

Precinto

Un vehículo precintado no puede ser utilizado, so pena de quebrantar la orden de precinto.

En caso de que el vehículo tuviera un precinto, la Jefatura de Tráfico realizará la transferencia pero no le harán entrega del nuevo permiso de circulación al comprador, sino que le entregarán la notificación de la existencia de dicho precinto.

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En cualquier caso, la transferencia quedará realizada, así que la Jefatura de Tráfico aparte de notificar dicho precinto al nuevo titular, deberá informar a la autoridad que ordenó el precinto de la identidad y domicilio del nuevo adquirente.

Mientras este precinto no sea cancelado, la Jefatura de Tráfico no expedirá el nuevo permiso o licencia de circulación.

Se podría realizar el cambio de titular pero no se expide permiso de circulación.

Reserva de Dominio

En el caso de que el vehículo hubiera sido financiado con el banco por el anterior propietario, las entidades financieras suelen efectuar la reserva de dominio del coche para evitar que éste se venda o cambie de titular sin haber cancelado previamente el préstamo.

Para levantar la reserva, habría que cancelar la deuda pendiente y el banco se encargaría de realizar la notificación por la que dé permiso para quitarla, teniendo para ello que presentar dicho escrito en el Registro de Bienes Muebles.

No se podría realizar el cambio de titular hasta que se acredite la cancelación de la inscripción de la reserva en el Registro de Bienes Muebles, o conste el consentimiento del acreedor.

Exención

Si el coche ha sido matriculado a nombre de una persona con minusvalía, deben pasar 4 años desde la matriculación para poder hacer un cambio de nombre (ya que existe exención de pago del impuesto de matriculación para personas con minusvalía)

Si el propietario del vehículo estuviera exento del pago del impuesto de circulación, para realizar el cambio de nombre se deberá aportar justificante de la exención del propietario anterior.

Sí se podría hacer el cambio de titular pero se han de verificar plazos y pago de impuestos.

IVTM (Impuesto Vehículos de Tracción Mecánica)

El pago del impuesto de circulación no se ha satisfecho debidamente y se ha de abonar para realizar el cambio de titularidad.

No se podría realizar el cambio de titular hasta que se haya pagado el IVTM.

ITV (Inspección técnica de vehículos)

Nos informa del estado del vehículo.

Puede realizarse el cambio de titular sin haber pasado la ITV, pero en este caso, en el Permiso de Circulación que emitan a nombre del nuevo titular, constará una anotación que indica que dicho Permiso de Circulación carece de validez mientras no se pase la inspección técnica de vehículos.

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DG
Dumitru Goia

La gente esperaba esto desde hace años.. Es una alegria,en especial para los que tratan de comprarse un auto de segunda mano...!

MD
María Dolores

Me alegro de que alguien nos hiriente un poco porque yo no sabía que se podía solicitar un estudio de un coche en caso de querer comprarlo de 2° mano a un particular. Mil gracias.

JL
José Luis

Amigo. El negoci es el negoci....

Anónimo

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