El Tribunal Supremo ya ha ratificado 15 de las 21 multas impuestas por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) a fabricantes y 130 concesionarios y en breve podría confirmar el resto. Se les acusa de prácticas restrictivas de la competencia para controlar el mercado de la distribución y la posventa en España, concretamente por fijar descuentos máximos y condiciones comerciales en perjuicio de los consumidores. Estos acuerdos conllevaron que los consumidores adquirieran un vehículo por un importe superior al que podrían haberlo comprado.
El período afectado comprende las compras de coches nuevos realizadas entre febrero de 2006 y agosto de 2013. Se estima que más de 10 millones de particulares y empresas podrán reclamar una indemnización que de media rondaría los 2.500 euros. Cerca del 90% del mercado de la distribución está detrás de los sobreprecios.
La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) considera que los afectados podrán reclamar entre el 10 y el 15% del valor del vehículo.
Siete años de ‘El Club de las Marcas’
Cuando el Consejo de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia dictó la resolución sobre el expediente S/0482/13 relativo al cártel de coches, destapó una realidad que estaba oculta: durante siete años existió un cártel de coches formado por los principales fabricantes que se denominaban ‘El Club de las Marcas’
Las marcas involucradas a lo largo de dichos años son Alfa Romeo, Audi, BMW, Chevrolet, Chrysler, Citroën, Dodge, Fiat, Ford, Honda, Hyundai, Jeep, Kia, Lancia, Lexus, Mercedes-Benz, Mitsubishi, Nissan, Opel, Peugeot, Porsche, Renault, Seat, Skoda, Toyota, Volkswagen y Volvo. Algunas marcas, aunque participaron en el cártel de coches, no tomaron parte de los precios de venta por lo que sus compradores no habrían estado afectados y no sería viable una reclamación, aunque habría que valorar cada caso concreto. Estas marcas son Mercedes-Benz, Mitsubishi, Porsche y Volvo.
Las marcas recibieron una sanción millonaria de 171 millones de euros de la que se libró el Grupo Volkswagen (Audi, Porsche, Skoda, Volkswagen y Seat) por haber colaborado con la CNMC tras destapar este entramado.
En diciembre de 2019 los fabricantes reclamaron ante la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo, pero ambos han desestimado dichas reclamaciones. Ahora es el momento de que respondan ante los compradores. Por tanto, si compraste un coche nuevo entre febrero de 2006 y agosto de 2013 puedes reclamar una indemnización en el plazo de un año desde la publicación de la sentencia del Tribunal Supremo. La indemnización puede rondar el 10% o 15% de lo que pagaste por el coche, a lo que habría que añadir los gastos judiciales y los intereses. La cifra dependerá de la fecha de compra, de la marca y del modelo de cada automóvil. Si pagaste por tu coche 25.000 euros, podrías recibir 2.500 euros.
Plazos para reclamar por el cártel de coches
Ante las dudas que han surgido sobre la fecha límite para reclamar una indemnización por el cártel del coche, jueces y abogados de prestigio de toda España se reunieron el pasado viernes 11 de febrero para debatir sobre la prescripción de dichas reclamaciones contra los fabricantes de automóviles involucrados.
La mayoría de abogados y jueces coinciden en la dificultad de poner una fecha límite debido a que el cártel de coches es un caso más complejo de lo que se preveía en un principio. Hay varias opiniones al respecto:
Algunos sostienen que el perjudicado cuenta con al menos un año para formalizar la demanda desde la sentencia del Supremo que declaró firme la condena a cada uno de los fabricantes, lo que implica que el primer plazo vencería en abril de este año. Dependería de cuándo se hiciera efectiva la sentencia para cada fabricante, por lo que los plazos irían venciendo a lo largo de este 2022.
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Por otro lado, otro grupo de profesionales consideran que las acciones tendrían un plazo de prescripción de cinco años, por lo que se podría reclamar pasado este 2022. Pero hay otro sector de jueces y abogados que afirman que el plazo empieza a contar desde la última Sentencia del Tribunal Supremo, que actualmente sería la de Toyota, dictada el pasado mes de diciembre. "Falta confirmar multa a Mazda. Tampoco hay sentencia de Chevrolet y Kia, creemos que porque no recurrieron la sentencia de la Audiencia Nacional", explica Andoni De La Llosa, portavoz de Compensación del Coche y socio de Redi Abogados.
¿Cuál es la conclusión a la que llegan? Al finalizar el debate la mayoría de los ponentes se mostraron partidarios de establecer un año de plazo para reclamar a contar bien desde la resolución del Tribunal Supremo para cada fabricante o bien desde la última resolución del Tribunal Supremo, independientemente del fabricante al que pertenezca el coche afectado. Desde la asociación ‘Compensación del Coche’ aconsejan formalizar el registro de la demanda cuanto antes, preferentemente antes del 31 de marzo.
Claves para reclamar la indemnización
Para reclamar se ha formado la Agrupación de Afectados por el Cártel de Coches AACC (en su página web puedes consultar si puedes reclamar y qué cantidad estimada podrías recibir). También la OCU ha propuesto ejercitar una acción colectiva. Según explican en un comunicado, “gracias a las diligencias preliminares instadas por OCU y los trabajos previos que está realizando, los afectados no necesitarán aportar documentación alguna que acredite la titularidad de los vehículos afectados ni la valoración del daño, resultando más ventajoso que su reclamación de manera individual”. Tienes la opción de reclamar a través de una de estas asociaciones o de otras que haya en tu localidad o provincia o bien de forma individual con la ayuda de un abogado.
Infórmate de la minuta o porcentaje que te van a pedir. En el caso de la AACC, cobran un 30% de la indemnización que te consigan. En el caso de Compensación del Coche también se quedan con un porcentaje de la indemnización, una vez obtenida. Te recomendamos que si vas a reclamar a través de alguna agrupación o asociación te informes bien de tus derechos y obligaciones.
•- Si compraste un coche pero ya no lo tienes: será más complicada la reclamación, pero tienes el derecho a recibir la indemnización por el perjuicio sufrido. Según AACC, “si el coche se ha vendido, parte del daño sufrido con la compra se compensa o recupera, por lo que debe tenerse en cuenta y no reclamarlo (ya que las marcas se acogerían a esto para justificar que has conseguido enriquecimiento injusto). Para esto es fundamental el informe pericial”.
•- Compraste un coche de segunda mano o de KM 0: según AACC, en principio podrías reclamar pero el caso no está tan claro y habría que estudiarlo de forma individualizada.
•- ¿Qué documentación necesito para reclamar?: te podría pedir documentos que justifiquen la compra y precio de adquisición, documentos que detallen las características del vehículo (ficha técnica, permiso de circulación o tarjeta de transporte) y documentos que justifiquen la transmisión del vehículo en el caso de que lo hayas vendido.
En el caso de que estés en proceso de compra, Coches.net te lo pone fácil con su amplia oferta de coches de ocasión y coches nuevos.
Hola yo compre un Clio sport en 2006,tengo facturas pero no tengo la documentación x que vendí el coche ya hace unos cuantos años, que se podría hacer, gracias y un saludo
Cuidado con esta gente no parecen trigo limpio. Yo me olvide del tema un tiempo y me vinieron con amenazas y extorsión