La reforma de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial en todo lo relacionado con el permiso y la licencia de conducción entra en su fase final. El texto ya está en manos de las Cortes para su aprobación definitiva. El Gobierno espera que los cambios en el carnet por puntos entren en vigor este mismo año.
Después de casi 15 años en vigor (los cumplirá el 1 de julio), ha llegado el momento de una actualización del carnet por puntos para que se ajuste a la realidad de la movilidad hoy en día. Con los datos de siniestralidad en la mesa, el Ministerio de Interior, a través de la Dirección General de Tráfico, quiere endurecer las sanciones para aquellos comportamientos que generan mayor riesgo para la conducción, como el uso del teléfono móvil al volante. Además, quiere impulsar el mecanismo de los cursos de conducción segura como fórmula para mejorar la educación vial de los conductores, dándoles la posibilidad de recuperar puntos perdidos en el carnet. En este enlace te contamos las infracciones que quitan puntos actualmente.
Con estas modificaciones la DGT quiere generar un nuevo modelo de seguridad vial, en línea con la política de la Unión Europea, para reducir el número de personas fallecidas y heridas graves en un 50% para el año 2030 con el objetivo final de conseguir las cero víctimas en el año 2050.
¿Qué va a cambiar en el carnet por puntos?
MÁS PUNTOS: Se eleva de tres a cuatro puntos la sanción por no hacer uso del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y otros elementos de protección. Estos puntos te los quitarán tanto por no usar estos dispositivos como por usarlos de forma no adecuada. También aumenta de tres a seis puntos el hecho de sujetar algún dispositivo de telefonía al volante. En este enlace te explicamos por qué el uso del teléfono móvil es la primera causa de siniestros mortales.
RADARES O CINEMÓMETROS: Se sustituye la infracción grave de ‘utilizar’ mecanismos de detección de radares o cinemómetros por el mero hecho de ‘llevar en el vehículo’ esos dispositivos (aunque no se utilicen). Esta infracción no recibe cambios en la sanción y conllevará igualmente la pérdida de tres puntos.
RECUPERAR SALDO INICIAL: Se unifica en dos años el plazo que deberá de transcurrir sin cometer infracciones para recuperar el saldo inicial de 12 puntos, siempre que no se haya perdido todo el saldo.
VELOCIDAD EN ADELANTAMIENTOS: Los turismos y motocicletas ya no podrán rebasar en 20 km/h los límites genéricos de velocidad en carreteras convencionales cuando adelanten a otros vehículos. Se mantiene esta medida a pesar de las quejas que ha provocado. En este enlace puedes ver el vídeo-reportaje que hizo Joan Dalmau para demostrar que el no permitir rebasar la velocidad máxima puede ser más peligroso que permitirlo.
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CURSOS DE CONDUCCIÓN SEGURA: Se anima a los conductores a realizar cursos de conducción segura. Al conductor que supere uno de estos cursos se le compensará con dos puntos adicionales, hasta un máximo de quince puntos, siempre y cuando tenga un saldo positivo de puntos, es decir, no haya perdido todos los puntos del carnet. Estos cursos tendrán que cumplir unos requisitos establecidos y se podrán realizar con una frecuencia máxima de un curso cada dos años. La recuperación de esos puntos no será efectiva hasta que entre en vigor la regulación de las condiciones que deben cumplir tales cursos.
FRAUDES EN LOS EXÁMENES: El uso de dispositivos de intercomunicación no autorizados en las pruebas para la obtención y recuperación de permisos o licencia de conducción y otras autorizaciones administrativas para conducir estará tipificado como infracción muy grave. Se aplica a la persona que asista al examen como a la persona que colabore. Ambos serán sancionados con una multa de 500 euros y la imposibilidad de que el aspirante pueda volver a presentarse a las citadas pruebas en el plazo de seis meses. La DGT quiere así acabar con el fraude más habitual en esta clase de pruebas.
CONDUCTOR PROFESIONAL: Se prevé el desarrollo de un sistema telemático para que las empresas de transporte puedan conocer si un conductor profesional de su plantilla se encuentra en situación legal de poder conducir vehículos de transporte. De esta manera podrán conocer el saldo de puntos en su carnet. Para acceder a dicha información, se tendrán que cumplir ciertos requisitos que regule el Gobierno.
En este enlace te contamos los motivos que explica la DGT para modificar las normas
Ahí ahí multas ,multas el año pasado 3.000.000 a ver este si se superan, pero las carreteras las misma que cuando éramos pequeños, aparte de zonas de colorines ,distintivos subidas de impuestos, creación de nuevos, el 50 del precio de la gasolina impuestos, todo ventajas , luego roban como no van a robar si no tienen donde meter todo lo que cobran
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