¿Te ha llegado una multa? Claves para recurrirla
REPORTAJES

¿Te ha llegado una multa? Claves para recurrirla

Sara Soria

Sara Soria

1 opinión

Actualmente solo el 3 o 4% de los conductores alegan o recurren una multa, el resto utiliza el pronto pago para beneficiarse de la reducción del 50% de la cuantía. Pero no siempre ha sido así. Antes de que se pusiera en marcha la reforma del procedimiento sancionador en 2009, se producían dos millones de sanciones al año, de las cuales un millón se recurrían y solo se pagaban el 48%.

Ahora se alegan o recurren pocas multas. Es para pensárselo porque en muchos casos el pronto pago te permite ahorrar un 50% de la multa. Pero hay multas recurribles y que puedes ganar, muchas veces por errores en los datos o por algún otro fallo o confusión. Desde la organización de defensa de los conductores Automovilistas Europeos Asociados (AEA) nos dicen que consiguen ganar el 50% de los recursos que presentan por vía administrativa y el 30% por vía judicial, sobre todo porque no se aplica correctamente el margen de error en infracciones de velocidad con retirada de puntos.

Solo el 3 o 4% de los conductores alegan o recurren una multa, el resto utiliza el pronto pago para beneficiarse de la reducción del 50%.
Solo el 3 o 4% de los conductores alegan o recurren una multa, el resto utiliza el pronto pago para beneficiarse de la reducción del 50%.

¿Alegar o recurrir una multa?

Hoy nos adentramos en el mundo de las alegaciones y recursos que tantas veces trae de cabeza a los conductores, pero antes una aclaración. Coloquialmente hablamos siempre de recurrir una multa pero hay que saber que en ese proceso hay varias fases.

Lo primero que harás ante una multa que te parece injusta es realizar una alegación. Se inicia así el procedimiento de defensa ante la administración que te puso la sanción. En esta fase puedes solicitar pruebas e información o aportarlas.

Cuando la administración desestima tu alegación y dicta resolución negativa es cuando puedes plantear un recurso de reposición, lo que técnicamente se llama recurrir una multa.

Por tanto, ¿qué diferencia hay entre una alegación y recurso?

La alegación es el documento en el que expones tus razones para justificar que la multa que te han impuesto no es correcta. Son tus argumentos de defensa, debe presentarse dentro de los 20 primeros días tras recibir una notificación de multa.

Un recurso es el documento de reclamación que presentas en contra de una decisión firme de un organismo o administración que te ha puesto la multa. Se puede presentar después de haber sido desestimada una alegación previa en el plazo de un mes.

En AEA consiguen ganar el 50% de los recursos que presentan por vía administrativa y el 30% por vía judicial
En AEA consiguen ganar el 50% de los recursos que presentan por vía administrativa y el 30% por vía judicial

¿Cómo evitar pagar una multa?

Si recibes una multa puedes evitar su pago de dos maneras.

1.- Tú no conduces el coche infractor

Si tú no eres el conductor que cometió la infracción tendrás que identificar al conductor. Lo puedes hacer de forma voluntaria cuando la infracción es leve, es decir, no conlleva pérdida de puntos. Si pagas la multa el organismo emisor entenderá que eras tú el conductor.

Si la infracción es grave y te piden identificar al conductor, hazlo, porque de lo contrario estarás cometiendo otra infracción muy grave por el doble o el triple del importe de la multa original.

La identificación tienes que hacerla en el plazo de 10 días desde que recibes la notificación.

2.- Decides recurrir la multa

Y aquí entramos en el meollo de la cuestión.

Motivos para recurrir una multa

Podrás recurrir una multa cuando no estés de acuerdo con la causa de la sanción o por cuestiones de forma (datos, plazos…).

Suscríbete a la newsletter

Suscríbete a la newsletter

Si quieres estar al día de nuestras noticias, tienes que tener una cuenta en coches.net.

Las más sencillas de recurrir son las multas en las que se produce un defecto de forma: la sanción está incompleta, faltan datos o se produce algún error durante la tramitación. Por ejemplo, que se incumplan los plazos de la administración:

  • Tres meses para notificar las distintas fases del procedimiento.

  • Seis meses cuando se trata de infracciones graves o muy graves.

  • Si se incumplen estos plazos, la sanción habrá prescrito.

  • La multa caducará si pasa más de un año entre que se produce la infracción y se inicia el procedimiento sancionador. Además, ésta caducará si pasa más de un año entre la comisión de la infracción y el inicio del procedimiento sancionador.

También la multa es recurrible cuando no te llega la notificación correctamente. El organismo emisor (DGT, ayuntamiento…) debe hacer todo lo posible para enviarte la multa a tu domicilio bien por mensajero o por correo certificado (dos intentos). Sólo después de hacer estos intentos sin éxito, será válido que te notifique la multa publicándolo en el tablón digital TESTRA.

Las más sencillas de recurrir son las multas en las que se produce un defecto de forma.
Las más sencillas de recurrir son las multas en las que se produce un defecto de forma.

Tipo de multas que puedes recurrir

  • Multas por estacionamiento: cuando puedas alegar que la zona no estaba debidamente señalizada, sobre todo cuando es por zona de carga y descarga o zona de aparcamiento regulado.

  • Multas por ZBE: actualmente el ayuntamiento de Madrid está poniendo multas por acceder a la ZBE de Plaza Elíptica en una vía que es competencia de la DGT. Esas multas se pueden anular. Coches que no pueden acceder a las ZBE Madrid.

  • Multas por alcohol en el caso de que se pueda demostrar que el alcoholímetro no funcionaba correctamente. Pide los tickets con los datos del alcoholímetro cuando te realicen la prueba y así podrás comprobar si son los mismos que aparecen en la denuncia.

  • Multas por exceso de velocidad. Por ejemplo cuando la foto está mal hecha o se ve borrosa (aunque ya filtran mucho en el Centro de Tramitación de Denuncias y es difícil que se les cuele, pero puede ocurrir). También se puede alegar que el dispositivo radar no estaba bien calibrado pero este tipo de multas cada vez son más difíciles de recurrir porque los radares cada vez son más sofisticados. Para ello debes estar seguro de la velocidad a la que estabas circulando. Comprueba también que la fecha y hora de la infracción es correcta y que la matrícula es legible. Siempre podrás pedir el certificado de homologación del radar para comprobar su margen de error. De hecho, las multas que más se anulan se deben a que Tráfico no aplica correctamente el margen de error.

  • Multas por saltarte un semáforo. Aquí también tienes que comprobar que la foto está bien hecha y la matrícula es legible. Si el semáforo sale en color ámbar en la foto, también puedes recurrir. Siempre puedes solicitar el certificado de homologación de la cámara foto-rojo de los semáforos. Estas multas relacionadas con semáforos foto-rojo se anulan en un porcentaje elevado ante administraciones municipales.

  • En multas graves (uso teléfono móvil, no usar el cinturón de seguridad…) cuando te para un agente y éste no se ratifica en el informe o declaración posterior. Puede ser un argumento de defensa.

Aquí te cuento qué pasa si no pagas una multa y cuándo te pueden embargar un coche.

Muchas de las multas que se ganan se debe a que Tráfico no aplica correctamente el margen de error en las relacionadas con la velocidad.
Muchas de las multas que se ganan se debe a que Tráfico no aplica correctamente el margen de error en las relacionadas con la velocidad.

Plazos para ‘recurrir’ una multa

Desde que recibes una notificación de sanción tienes un plazo de 20 días para realizar una alegación, es decir, solicitar la revisión aportando o solicitando pruebas.

En el caso de presentar una alegación debes saber que:

  • Si lo haces pierdes el derecho a la reducción del 50% en el coste de la multa. Valora bien tus argumentos.

  • En la alegación deberás aportar datos nuevos o distintos de los constatados por el agente que te denunció.

  • Si la resolución es favorable para ti, se realiza un sobreseimiento de la denuncia, quedando suspendida la sanción.

Si pierdo la alegación…

Cuando te llega la resolución a tu alegación desfavorable, es decir, no te dan la razón, tendrás dos opciones: pagar la multa (y te toca abonar el 100% de la sanción) o seguir reclamando si no estás de acuerdo. En este caso tienes que poner un recurso de reposición ante la misma administración para lo cual tienes un plazo de 1 mes desde la notificación de la resolución de la alegación o acuerdo sancionador. Recuerda que es imprescindible haber presentado una alegación previa para poder presentar un recurso.

En el caso de que el recurso también sea negativo puedes acudir a los tribunales. En este caso tienes un plazo de dos meses para interponer la demanda. Necesitarás un abogado. El procurador no es imprescindible ya que en procedimientos de multas el propio abogado puede representarte. Tampoco necesitarás pagar ninguna tasas ya que se eliminaron hace tiempo.

En algunos casos, cuando hay argumentos muy objetivos, te puedes saltar la vía administrativa, es decir, pagarías la multa acogiéndote al pronto pago (ahorrando el 50% y las alegaciones). Desde la Asociación Automovilistas Europeos (AEA) no lo recomiendan mucho porque por vía administrativa se pueden pedir pruebas que son difíciles de conseguir por vía judicial. “Hay que valorarlo”, dice su presidente Mario Arnaldo.

Si el semáforo sale en color ámbar en la foto, también puedes recurrir.
Si el semáforo sale en color ámbar en la foto, también puedes recurrir.

No todas las multas son recurribles

Por lo general las compañías aseguradoras incluyen el recurso de multas entre los servicios que ofrecen en las pólizas de seguro. Esto conlleva que muchos conductores presenten alegaciones o recursos que son difícilmente ganables. “Hay que analizar bien cada caso porque no todos son iguales aunque el motivo de la infracción sea común. Hay que alegar con argumentos jurídicos sólidos, con una estrategia de defensa y no es tan fácil. En España hay una degeneración en materia de recursos y muchas veces no se ganan porque no está bien planteados desde el inicio”, explica el presidente de AEA.

Por eso hay que valorar cada caso y decidir si merece o no la pena intentarlo, sobre todo, porque ya por el simple hecho de alegar se pierde el derecho al descuento del 50% por pronto pago, además de los costes que puede suponer por pagar un abogado (si se acude a la vía judicial) o porque si no te dan la razón, además de pagar el 100% de la multa, podrían condenarte a pagar costas por el abogado del estado. Mario Arnaldo insiste en que “no todo es recurrible y hay que velar por los intereses de los conductores”.

Lo que más se suele recurrir son multas claramente injustas con pruebas que lo justifican, errores claros de forma y las que implican un grave perjuicio para el conductor, por ejemplo, porque supone una retirada del carnet (siempre que se puedan presentar argumentos claros para su defensa).

“La justicia de tráfico es una lotería”

El presidente de Automovilistas Europeos Asociados (AEA) es muy crítico con el sistema de justicia en materia de tráfico porque ni la DGT, ni los ayuntamientos u otros organismos competentes en materia de tráfico garantizan el derecho de los ciudadanos: “el conductor acaba pagando aunque sea injusto. La justicia de tráfico en España es una lotería porque según el juzgado hay sentencias que dan la razón y otros que no ante el mismo hecho y de eso se aprovechan los organismos ante el ciudadano”, explica.

Por este motivo, AEA está esperando a que se forme el nuevo Gobierno para pedir que se modifique el sistema judicial para que se permita acudir al Tribunal Supremo en temas de multas de tráfico “porque es un tema masivo y evitaría que miles de ciudadanos tengan que acudir a los juzgados por el mismo motivo”. El objetivo es conseguir que el Tribunal Supremo pueda fijar doctrina sobre tipos de multas que se puedan o no anular. “De este modo la justicia sería igualitaria y habría seguridad jurídica”.

Galería de fotos de ¿Te ha llegado una multa? Claves para recurrirla

Opiniones de ¿Te ha llegado una multa? Claves para recurrirla

Forma parte de nuestra comunidad

Forma parte de nuestra comunidad

Si te ha gustado nuestro artículo y quieres dejar tu opinión, tienes que tener una cuenta en coches.net.

MP
Manu Pas

Me han puesto una multa por aparcar delante de un vado pero en la sanción pone que es por aparcar en zona de carga y descarga en horario no permitido. Podría alegar defecto de forma por que allí no es zona de carga y descarga. Tienen foto del coche ocupando parte del vado.. En el supuesto que page la multa pronto pago para beneficiarme del descuento y no arriesgarme a que la alegación sea negativa, ¿podría reclamar el importe pagado en Consumo?. ¿Que puedo havcer?. Gracias.