Declaración de la renta, ¿tengo que declarar la compra o venta de una moto?
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Declaración de la renta, ¿tengo que declarar la compra o venta de una moto?

Sara Soria

Sara Soria

Se acerca el momento de presentar la declaración de la renta o del IRPF, es decir, del Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas. Este año se presenta la declaración correspondiente al ejercicio 2023. ¿Te has comprado una moto nueva? ¿Has vendido tu modo usada? Te aclaramos cuándo tienes que declarar la compra o venta de un moto en la declaración de la renta.

Los autónomos se pueden desgravar parte o todo el gasto que supone la compra de una moto.
Los autónomos se pueden desgravar parte o todo el gasto que supone la compra de una moto.

Este impuesto de IRPF es un trámite que los residentes en España tenemos que hacer todos los años, aunque según la renta anual que percibas, hay excepciones. Se trata de un impuesto que hay que pagar por los ingresos netos obtenidos, es decir, aquellos una vez restados los gastos deducibles. Este año el plazo general para presentar por internet la declaración de la renta se inicia el día 3 de abril y termina el 1 de julio.

En el caso de comprar o vender una moto, ¿cómo debo actuar?

He comprado una moto

Los propietarios particulares no declaran la compra de una moto, da igual si es nueva o usada (aunque este año la cosa cambia gracia a una medida puesta en marcha el año pasado que sí permite desgravarse el 15% del coste de un vehículo eléctrico. Te lo cuento más abajo). Sólo si han recibido una subvención para dicha compra tendrán la obligación de declarar dicha ayuda. La razón es que las ayudas son una ganancia patrimonial a efectos del IRPF y cada beneficiario tendrá que tributar por ella “lo que resulte según el tipo que le sea aplicable en el IRPF, que se establece en función a la totalidad de sus ingresos. Por tanto, a esos ingresos hay que sumar dicha ayuda”, nos explica Jaime Barea, director del área jurídica de la Asociación Nacional de Vendedores de Vehículos a Motor, Reparación y Recambios (Ganvam).

En el Plan Moves III se incluyen ayudas hasta 1.300 euros para la compra de motos eléctricas dependiendo de si se achatarra otro vehículo. También en algunas comunidades autónomas dan ayudas. Si has recibido algunas de estas subvenciones, ya sabes, ¡toca declarar la ayuda!

Si quien compra la moto es un autónomo o empresa, la cosa cambia. En este caso sí que se puede declarar dentro de su actividad económica como un gasto. En principio la desgravación es del 50% aunque si puedes demostrar que todo su uso está centrada en la actividad empresarial, la desgravación puede ser del 100%, por ejemplo, en una empresa de motosharing. Según nos aclaran desde Ganvam, “si la empresa es una SL o una SA, este gasto lo declararán en el Impuesto sobre Sociedades”.

Si vendes una moto como particular, solo tendrás que declararlo en la renta si has recibido una ganancia respecto al precio de compra.
Si vendes una moto como particular, solo tendrás que declararlo en la renta si has recibido una ganancia respecto al precio de compra.

¡Novedad en la renta 2023! Deducción 15% de IRPF

Si compraste una moto eléctrica a partir del 30 de junio de 2023, este año, al realizar la declaración de la renta, podrás beneficiarte de la deducción del 15% en el IRPF.

Con esta medida que se puso en marcha el año pasado y que también se mantiene en las compras de 2024, podrás recuperar mediante la declaración un 15% del valor de la moto, aunque, eso sí, con un tope de 3.000 euros de modo que esa es la cantidad máxima que podrás desgravar. Se trata de una medida complementaria para incentivar la compra de vehículos eléctricos y que incluye las mismas categorías de motos (L3e, L4e o L5e) que se benefician del plan Moves.

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Además, este 15% de IRPF también te lo podrás desgravar por la instalación de un punto de recarga en tu domicilio, en este caso con un límite de 4.000 euros.

He vendido mi moto

Si en 2023 vendiste tu moto usada no tendrás que declarar el ingreso en la declaración de la renta salvo que hayas conseguido una ganancia, es decir, el precio de venta haya sido superior al precio de compra. Esta situación no suele ser habitual, por lo general siempre vendes a un precio inferior al que pagaste. Pero sí puede darse el caso cuando se trata de una moto clásica o se haya revalorizado. “Otra cosa es que sea un compraventa de vehículos -un autónomo- y estemos hablando de las ganancias obtenidas en la venta de los vehículos, entonces constituye un ingreso de la actividad y hay que declararlo como tal”, explica Jaime Barea.

A la hora de calcular el valor de compra, debes incluir los gastos e impuestos al propio precio de la moto, mientras que para el precio de venta se tomará la mayor cifra entre el valor real de la venta o el valor de mercado de la moto. En este enlace te explicamos todos los impuestos de una moto y cómo ahorrar.

Por tanto, como conclusión, los particulares no tienen que notificar la venta de una moto en la declaración de la renta porque no se considera pérdida a efectos de IRPF cuando es debida al propio consumo del bien. Tampoco tendrá que declarar la compra de una moto, sólo estará obligado a declarar posibles ayudas recibidas para dicha compra y habrá que hacerlo como un ingreso más percibido.

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