Una “dash cam” no es otro dispositivo que una cámara de pequeño formato que se suele situar en el interior del vehículo, tanto en la parte delantera como en la trasera, para grabar todo lo que ocurre durante la conducción. Existe un pequeño vacío legal respecto a estos aparatos en nuestro país, por lo que la normativa no queda del todo clara. En este artículo intentamos resumir de la forma más entendible posible qué esta considerado como legal y qué no, respecto a estas cámaras.
En algunos países es recomendable instalar una de estas pequeñas cámaras en el vehículo, incluso en otros, el uso de la “dash cam” es obligatorio. La gran mayoría de nosotros nos hemos topado alguna vez con el típico vídeo de Youtube donde podemos ver algunos accidentes e infracciones de tráfico captadas por estas cámaras. La gran mayoría son de Estados Unidos y Rusia, dos países donde el uso de la “dash cam” está totalmente implementado. Es más, en Rusia ha ayudado a disminuir el índice de denuncias falsas y fraudes hacia las aseguradoras, por lo que llevar una cámara en el salpicadero es obligatorio.
¿En España es legal llevar una cámara en el coche?
Teniendo en cuenta que algunos modelos, como los Citroën C3 y C5 Aircross, llevan instalada una cámara en el retrovisor delantero que permite realizar pequeños vídeos y fotos a voluntad del conductor, y que son capaces de grabar hasta 1 minuto y medio durante la secuencia de un accidente de forma automática, la respuesta sería bien fácil: en España sí está permitido llevar una cámara en el salpicadero o en la luneta trasera.
Sin embargo, esta afirmación hay que tomarla con con pinzas, ya que existe un vacío legal sobre el tema relativo a la Ley de Protección de Datos. Veamos:
Según la DGT, no hay ningún problema en llevar una cámara en el coche. Ahora bien, según el uso que le demos a las imágenes podemos meternos en un buen lío. La Ley de Protección de Datos prohíbe que se publiquen fotos y vídeos de personas sin su expreso consentimiento. Por lo tanto, las imágenes que se tomen con dichas cámaras sólo podrán utilizarse para uso doméstico y, en el caso que se quieran hacer públicas, habrá que evitar que se reconozcan a las personas o vehículos que en ellas aparecen (difuminar los rostros, borrar las matrículas o evitar que se puedan reconocer por otro tipo de características).
La grabación de imágenes en espacios públicos es totalmente legal, y se considera como grabación doméstica en vía pública. Sin embargo, la grabación continuada de imágenes de tráfico puede considerarse también como vigilancia, y no de uso doméstico, por lo tanto podría considerarse ilegal. Ahí llega el conflicto y el vacío legal anteriormente comentado. En principio, los cuerpos de seguridad son los únicos que pueden tomar imágenes con el fin de la videovigilancia.
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Como ocurre en muchos comercios, entidades bancarias, oficinas e incluso en viviendas con cámaras de videovigilancia, hay que señalizar que se está efectuando una grabación en ese espacio.
Las autoridades deberán tomar medidas al respecto, ya que la ley no está clara en este sentido.
Lo que sí te puedes llevar es una buena multa de 200 euros y la retirada de 3 puntos del carnet si manipulas la “dash cam” durante la conducción. Incluso te pueden sancionar con hasta 100 euros si se considera que la cámara entorpece en el campo de visión del conductor.
La imágenes captadas por la cámara pueden ayudar a determinar qué conductor fue culpable en caso de accidente. Incluso algunas compañías de seguros ofrecen algun descuento a los conductores que lleven instalada una de estas cámaras en su coche. También te puede servir para evitar posibles acusaciones de fraude.
Sin embargo, al llevar una cámara instalada en el salpicadero o en el parabrisas, tu coche puede convertirse en el objetivo de algún ladrón. Si es posible, escóndela cuando el coche esté estacionado.
que vivimos en un pais de locos osea politicos y en todo tienen que hurgar