Desde el 1 de octubre los niños que midan 135 centímetros o menos no pueden viajar en el asiento delantero del vehículo. La nueva normativa incluye tres excepciones: cuando el vehículo no disponga de asientos traseros, cuando todos los asientos traseros estén ya ocupados por otros menores de las mismas características o cuando no sea posible instalar en dichos asientos traseros todos los sistemas de retención infantil.
Sólo si se dan estos tres casos los menores podrán ocupar el asiento delantero del vehículo, pero siempre utilizando el sistema de retención infantil (SRI) homologado a su talla y peso.
Desde la Alianza Española para la Seguridad Vial Infantil -AESVi- explican las tres excepciones:
El vehículo no tiene asientos traseros. Si el coche es biplaza o la furgoneta sólo tiene una fila de asientos, el niño podrá ocupar el asiento o asientos delanteros (hay furgonetas que disponen de dos asientos para los acompañantes en la fila delantera).
Todos los asientos traseros están ocupados por otros menores con altura igual o inferior a 1,35 metros que viajan en una silla infantil homologada y adecuada a su talla y peso.
Cuando no se pueden instalar todos los SRI en los asientos traseros. Por ejemplo, si viajamos con tres niños y no se pueden instalar tres SRI en los asientos traseros; cuando el coche sólo tiene dos plazas traseras homologadas; en el caso de que viajemos en un coche muy antiguo sin cinturones de seguridad traseros; o, si por alguna razón, el fabricante del coche no permite la instalación de sillas infantiles en el asiento trasero.
En caso de que el niño ocupe el asiento del copiloto cumpliendo estas excepciones, recuerda desactivar el airbag del pasajero.
Con una altura mayor a 135 cm podrán ocupar el asiento delantero con un SRI apropiado
Con este cambio la Dirección General de Tráfico (DGT) se propone reducir el número de niños fallecidos o heridos en los desplazamientos en coche. Diversos estudios ponen sobre la mesa las ventajas de seguridad para los niños que viajen en los asientos traseros del vehículo.
Así concluye un estudio realizado en Australia: el riesgo de muerte en menores de 4 años que viajaban en un coche accidentado era el doble si lo hacían en el asiento de delante y 4 veces más si se trataba de menores de 1 año. Otro estudio, realizado por la institución CIREN (Crash Injury Research Engineering Network), también muestra que no solo el riesgo general de lesión es mayor en los asientos delanteros, sino también la gravedad de las lesiones.
Esta nueva normativa, que entra hoy en vigor, supone una modificación del artículo 117 del Reglamento General de Circulación sobre cinturones de seguridad y sistemas de retención infantil homologados, aprobada mediante Real Decreto 667/2015 de 17 de julio.
Otra novedad que se incluye en la normativa es que los sistemas de retención infantil se instalarán en el vehículo siempre de acuerdo con las instrucciones que haya facilitado su fabricante, y en las que se indicará de qué forma y en qué tipo de vehículos se pueden utilizar de forma segura.
¿A qué edad pueden ir los niños delante en el coche?
Los niños que midan más de 135 centímetros sí podrán ocupar el asiento delantero del vehículo utilizando únicamente el cinturón de seguridad del adulto.
En este sentido la DGT recomienda que estos menores continúen utilizando un sistema de retención homologado hasta que alcancen los 150 centímetros de altura, algo obligatorio en otros países por la protección lateral añadida que ofrecen estos sistemas.
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Consejos a tener en cuenta
- Nunca lleves al niño en brazos ni utilices el mismo cinturón de seguridad que el adulto para protegerle.
- El uso de los sistemas de retención infantil reduce en un 75% las muertes y en un 90% las lesiones.
- Asegúrate que la silla está bien instalada. No debe moverse. La mejor opción es el anclaje mediante el sistema Isofix.
- La cabeza del niño nunca debe asomar por encima del respaldo de la sillita. Si esto ocurre es necesario cambiarla por otra del grupo superior.
- Recuerda desconectar el airbag frontal del copiloto en el caso de que un menor tenga que viajar en el asiento delantero, teniendo en cuenta su altura y las excepciones que contempla la nueva normativa.
- Es obligatorio que los niños con una altura igual o menor a 135 cm utilicen sillas infantiles para viajar en coche. Es en los trayectos cortos es donde se acumula el mayor número de conductas de riesgo.
- El adulto que acompaña al niño es el responsable de transportar a los menores de manera segura con su sistema de retención homologado. En el caso de que se incumpla esta obligación podría suponer una multa de 200 euros y la retirada de tres puntos del carné de conducir. También los agentes de tráfico podrán inmovilizar el vehículo cuando los niños no viajen seguros.
Mi pregunta es, puede ir un niño delante con su sillita y detrás dos sillas isofix con un adulto en el asiento de en medio?