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La comisión de Justicia del Congreso aprobó hoy la proposición de ley orgánica que reforma el Código Penal en materia de seguridad vial, que contempla penas de prisión para los conductores que superen en 60 kilómetros por hora la velocidad permitida en vía urbana o en 80 en vía interurbana. En concreto, según señala el articulado de la proposición, estos conductores serán castigados con penas de prisión de tres a seis meses o a la multa de seis a doce meses y trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días y, en cualquier caso, serán privados de conducir por un tiempo superior a uno y hasta cuatro años. No obstante, además de superar en esa medida el límite de velocidad, con su conducta tendría que estar "poniendo en peligro la seguridad del tráfico", tal y como precisa la enmienda de IU que fue agregada hoy al texto y que contó con los votos favorables del PP, PNV y CiU. El diputado de CiU Jordi Jane se equivocó a la hora de la votación y respaldó ese matiz en el texto, lo que intentará subsanar en el pleno del Congreso, al que irá la próxima semana, con un voto particular que corrija el error, aunque la proposición seguirá después su tramitación en el Senado y volverá a la Cámara baja. También con entre tres y seis meses de prisión y la misma multa que los anteriores serán castigados los conductores que conduzcan un vehículo de motor o ciclomotor bajo de la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o de bebidas alcohólicas. Serán condenados con esa pena los que conduzcan con una tasa de alcohol con aire espirado superior a 0,60 miligramos por litro de sangre o de 1,2 gramos en sangre. Además, con seis meses a un año de prisión y con la privación de conducir entre uno y hasta cuatro años, también serán penados los conductores que sean requeridos por un agente de la autoridad y se nieguen a someterse a las pruebas de alcoholemia, drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas. En el texto se incluye una enmienda consensuada hoy entre CiU y PSOE para intentar evitar casos como el de Farruquito. Así, el que conduzca un vehículo a motor o ciclomotor si ya no tiene carné porque ha perdido todos los puntos o por decisión judicial, o el que lo haga si no lo ha tenido nunca, será castigado con tres a seis meses de prisión o con la multa de 12 a 24 meses y trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días. En el dictamen aprobado por la comisión se prevé también que el que conduzca "con temeridad manifiesta y pusiere en concreto peligro la vida o la integridad de las personas" será castigado con penas de prisión de seis meses a dos años y no podrá conducir de uno hasta seis años. Si además, el conductor conduce de esa forma "con manifiesto desprecio por la vida de las demás" será penado con prisión de dos a cinco años y se le privará de conducir de seis a diez años. Las penas de prisión serían de uno a dos años si el conductor no ha puesto en concreto peligro la vida o la integridad de las personas. También, llevará consigo de seis meses a dos años de prisión o a la multa de 12 a 24 meses y trabajos en beneficio de la comunidad de diez a cuarenta días el que coloque en la vía obstáculos imprevisibles y derrame sustancias deslizantes o inflamables, La reforma también da la posibilidad a los jefes de Tráfico de que deleguen su competencia sancionadora en el director del Centro de Tratamiento de Denuncias Automatizadas para determinadas infracciones que se detecten con imágenes que permitan la identificación del vehículo, tal y como coincidieron CiU y PSOE. Algunos grupos como IU y PP consideraron necesario que se profundizara más en la reforma, antes de aprobación, ya que de no ser así, según Isaura Navarro, de IU, se "corre el riesgo de convertir al Código Penal en un listado de infracciones formales administrativas con consecuencias penales". Mientras, Jordí Jane defendió la reforma, que "no es improvisada", sino "de largo recorrido", tras numerosos debates en la comisión de Seguridad Vial, que preside, y de las conclusiones de las distintas comparecencias. Fuente: EFE