La nueva Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial continúa su proceso para su ratificación definitiva y de nuevo ha recibido el visto bueno en el Senado, pero con una novedad: se vuelve a aprobar la eliminación del margen de 20 km/h para que turismos y motocicletas puedan adelantar en carreteras convencionales.
Esta polémica medida se había eliminado por sorpresa del proceso de votación del Congreso el pasado mes de octubre pero, gracias a una nueva enmienda del PSOE, se ha vuelto a someter a examen. El resultado ya se puede dar prácticamente como definitivo a la espera de que en breve la nueva Ley se apruebe de forma definitiva en el Congreso. En este enlace te contamos más novedades que incorpora la Ley de Tráfico.
Las críticas no se han hecho esperar. El grupo socialista y, por tanto, la Dirección General de Tráfico (DGT), defiende esta medida alegando que España es el único país europeo en permitir exceder el límite de velocidad de la vía para realizar un adelantamiento y que el mantener ese margen "invita a los adelantamientos por lo que va contra la seguridad vial", ha dicho el senador Raúl Díaz Marín. La oposición, en cambio, dice que “tiene un afán recaudatorio desmesurado y desordenada voluntad de prohibir porque restringe la libertad sin mejorar el interés general. No hay conducción segura y eficiente sin velocidad adecuada, el adelantamiento es esencial para que los vehículos circulen a una velocidad adecuada”, ha dicho Yolanda Melero, de Vox.
En Coches.net, Joan Dalmau también demostró que esta supresión del margen de 20 km/h para adelantar aumenta el riesgo de accidente. Puedes ver la explicación en este vídeo:
¿Tienes que realizar un adelantamiento? Te damos todas las claves para realizar un adelantamiento o ser adelantado con seguridad.
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El margen para adelantar ‘choca’ con los radares de tramo
Pero las razones podrían ir más allá de la voluntad de reducir el número de adelantamientos. Según ha reconocido públicamente el director general de la DGT, Pere Navarro, la razón principal está en dar solución jurídica a los radares de tramo. Actualmente, con el margen de 20 km/h es fácil alegar que estabas adelantando para reclamar y que te quiten la multa por circular a 110 km/h o más en una carretera limitada a 90 km/h. Y así lo explica Pere Navarro cuando dice que la excepción debilita la norma. “Ningún país en Europa tiene esta norma, tenemos que armonizar las normas. En España tiene su origen en los años 70 cuando no había autopistas pero ahora ya no tiene sentido y nos dificulta trasladar el mensaje de velocidad como factor de riesgo”, explicaba el director general de la DGT cuando se anunciaron las novedades en la Ley de Tráfico. Con esta medida también pretenden proteger a los ciclistas. Actualmente, el límite máximo genérico en carreteras convencionales es de 90 km/h.
Es un hecho que desde la DGT trabajan para ir sustituyendo los radares fijos por radares de tramo, mucho más efectivos para evitar excesos de velocidad, actualmente tercera causa de siniestralidad por detrás de las distracciones y del consumo de alcohol y/o drogas. De hecho, Pere Navarro acaba de anunciar esta misma semana la instalación en 2022 de nuevos radares, 16 de tramo y 10 fijos que irán rotando en 20 cabinas. Estos 26 nuevos radares se sumarán a los 780 actuales, de los cuales 92 son de tramo y 545 móviles. También ha anunciado la puesta en marcha de más drones. ¿Pueden multar los drones? Pincha y te lo contamos.
En este enlace te explicamos cuáles son los límites de velocidad en ciudad y en carretera y qué ocurre si se incumplen.
Queda clarisimo que el único objetivo es que no puedas recurrir las multas por exceso de velocidad de los radares de tramo, la seguridad les trae sin cuidado.