La cuenta atrás ha terminado y la nueva Ley de Tráfico ya está en vigor desde el pasado día 21 de marzo, tres meses después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Tras muchos meses de debate, enmiendas y propuestas, el Congreso aprobó de forma definitiva esta nueva normativa a principios de diciembre de 2021.
La nueva Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial endurece algunos apartados del carnet por puntos, entre otras normas. ¿Cuáles son las novedades?
Desde la Dirección General de Tráfico (DGT) llevan unas semanas haciendo una campaña especial en medios de comunicación para que a nadie le pille desprevenida la entrada en vigor de las nuevas normas. Desde Coches.net resumimos las novedades más destacadas que tendrás que tener en cuenta a partir del 21 de marzo si no quieres llevarte una multa nueva a casa, tanto si eres conductor como usuario de bicicletas o patinetes.
Cambios en el carnet por puntos
TELÉFONO MÓVIL: Se quitarán 6 puntos en lugar de los 3 actuales por utilizar o sujetar con la mano dispositivos de telefonía móvil mientras se conduce. La sanción económica se mantiene en 200 euros. El objetivo es reducir las distracciones, un factor que se ha convertido en la primera causa de siniestros mortales (31%) desde el año 2016.
CINTURÓN DE SEGURIDAD, SILLITAS INFANTILES (SRI) y otros elementos de protección obligatorios, como el casco: Aumenta de 3 a 4 los puntos a retraer por no hacer uso pero, además, se añade, el no usarlos de manera adecuada. La sanción económica se mantiene sin cambios en 200 euros. Hay que tener presente que uno de cada cuatro fallecidos no llevaba puesto el cinturón de seguridad.
CICLISTAS Y CICLOMOTORES: La nueva Ley de Tráfico quiere proteger más a los ciclistas y desde que entre en vigor será obligatorio cambiar de carril al adelantar a ciclistas o ciclomotores cuando se circule por vías con más de un carril por sentido. En vías de un solo carril, tendrás que mantener la separación mínima lateral de 1,5 metros o perderás 6 puntos (antes eran 4). La multa seguirá siendo de 200 euros. También se prohíbe parar o estacionar en un carril bici o en vías ciclistas. Su incumplimiento se considera una infracción grave.
ARROJAR OBJETOS A LA VÍA: Se quitarán 6 puntos en lugar de 4 cuando se arroje algún objeto a la vía o a sus inmediaciones que pueda provocar algún siniestro o incendio. Se considera una infracción grave y conlleva una sanción de 500 euros.
RECUPERAR PUNTOS: Se unifica en dos años el período que debe pasar sin cometer infracciones para recuperar el saldo inicial de puntos. Hasta ahora ese plazo variaba en función de la gravedad de la infracción cometida.
CURSOS DE CONDUCCIÓN SEGURA: Se incentiva la formación adicional porque con la nueva ley se concederán dos puntos al conductor que realice un curso de conducción segura y eficiente. Los requisitos de estos cursos y el procedimiento se regulará en una orden Ministerial.
MENORES DE EDAD, ALCOHOL Y DROGAS: La tasa de alcohol en sangre o en aire espirado será cero para los conductores menores de edad de cualquier tipo de vehículo (ciclomotores, microcoches -permiso AM-, motos hasta 125 cc (A1), bicicletas y vehículos de movilidad personal, donde se incluyen los patinetes). De igual manera, no podrán circular con presencia de drogas en el organismo.
ALCOHOLÍMETRO ANTIARRANQUE: Será obligatorio para los vehículos de transporte de viajeros por carretera que se matriculen a partir del 6 de julio de 2022. La ley obliga a llevar instalado un interface para que se pueda instalar con posterioridad un dispositivo Alcoholock. A partir de dicha fecha los nuevos coches homologados tendrán que incluir diez sistemas de ayuda a la conducción.
ADELANTAMIENTOS: Como ya os adelantamos finalmente se prohíbe a turismos y motocicletas rebasar en 20 km/h los límites de velocidad en carreteras convencionales cuando se realiza un adelantamiento. “Esta supresión va en consonancia con el principio de sistema seguro, de eliminar o reducir los riesgos y los adelantamientos en vías convencionales es uno de ellos”. Para el RACE, esta medida "supone triplicar el tiempo para hacer la maniobra, y más del doble de distancia que recorrer en el carril de sentido contrario". Desde la Fundación para la Seguridad Vial (Fesvial) añaden que “está medida debe acompañarse de un cambio en la señalización horizontal y vertical de las carreteras convencionales, ya que estas se pusieron cuando se podía circular a 100 y rebasar 20 km para adelantar".
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En este enlace te damos mucha más información y los motivos que han llevado a la DGT a introducir este cambio que ha generado mucha polémica porque hay muchos detractores por el riesgo añadido que puede suponer. Aquí te damos todas las claves para realizar un adelantamiento o ser adelantado con seguridad.
DETECTORES E INHIBIDORES: Se incluye la prohibición expresa de los detectores e inhibidores de los radares, distinguiendo claramente de los avisadores. Llevarlos en el vehículo -aunque no se usen- supondrá una sanción de 200 euros y la pérdida de 3 puntos.
Más novedades de la ley de tráfico
La nueva Ley de Tráfico que se acaba de aprobar en el Congreso incorpora otras muchas novedades que también entran en vigor el 21 de marzo:
Se establece como infracción grave, con multa de 200 euros, el no respetar las restricciones de circulación cuando se apliquen protocolos ante episodios de contaminación y zonas de bajas emisiones (las ZBE serán obligatorios en municipios con más de 50.000 habitantes a partir de 2023).
También se va a castigar el copiar en los exámenes para obtener el carnet de conducir. Tendrá una multa de 500 euros si se utilizan intercomunicadores no autorizados reglamentariamente en las pruebas de obtención o recuperación del permiso o licencias de conducción u otras autorizaciones administrativas para conducir, igualmente se castigará a quien colabore o ayude en el uso de dichos dispositivos. Además, el aspirante no podrá presentarse de nuevo a las pruebas para la obtención del permiso en el plazo de 6 meses.
Ahora ya no es necesario llevar físicamente tu permiso de conducir. Gracias a la App miDGT, podrás acreditar que tienes autorización para conducir.
Para los motoristas se aprueba uno de sus reclamos y es que podrán utilizar dispositivos inalámbricos certificados u homologados para la utilización en el casco de protección siempre que se utilice para comunicarse o en la navegación y que no afecte a la seguridad en la conducción.
Los ciclistas que incumplan las normas de seguridad leves serán sancionados con una multa de 100 euros.
Para los usuarios de patinetes y otros vehículos de movilidad personal (VMP), deben saber que a partir de ahora tienen prohibido circular por autopistas y autovías, tampoco por las aceras o zonas peatonales. Así mismo no tienen preferencia en pasos de peatones si están subidos al patinete y sus usuarios tienen que llevar casco puesto.
Finalmente destacar que por primera vez se en la legislación española se hace referencia al vehículo automatizado o autónomo, en varios artículos de la Ley de Tráfico.
¿Y la normativa de las rotondas? Deberían revisarla no puede ser que el vehículo que circula por el exterior sea el que tiene preferencia y el que va por dentro para coger la tercera o cuarta salida no pueda salir, los intermitentes deberían ser obligatorios y no opcionales y mover uno metros los semáforos que hay justo en las salidas de estas. Añado... Sr@s ciclistas y de patinetes los semáforos también son para vosotros y los pasos de cebra andando. Sr@s peatones el paso de cebra no es una extensión de la acera hay que mirar y si el vehículo está cerca no le hagas dar un frenazo puedes provocar un accidente. Y a todos los conductores a ver si ponemos los intermitentes que para eso están.