Excepciones y casos especiales
• El vendedor ha fallecido: Debe presentarse declaración de herederos o testamento acompañado de certificado de últimas voluntades, o cuaderno particional en el que conste la adjudicación del vehículo, y el impuesto de sucesiones.
• Canarias, Ceuta y Melilla: se requiere el certificado de Aduanas que acredite el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
• Si el vehículo está libre del pago del impuesto de circulación, será necesario el justificante de esta exención. Es el caso de:
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• Cambio de titularidad de vehículos de autoescuela, vehículos de alquiler sin conductor, taxis o cambios de residencia que estuvieran exentos de pago en el momento de la matriculación y se efectúe antes de los plazos legalmente previstos.
Cuando el comprador o el vendedor es menor de edad, deberán ir acreditados con los datos y la firma del padre, madre o tutor, su DNI y documento que acredite el concepto por el que actúan.