Nueva Ley de Tráfico, novedades para conductores, vehículos y vías
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Nueva Ley de Tráfico, novedades para conductores, vehículos y vías

Sara Soria

Sara Soria

62 opiniones

Ya conocemos las novedades definitivas que trae la nueva Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. El Congreso de los Diputados acaba de dar luz verde para su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Entrará en vigor un mes después de su publicación que, según la DGT, se espera que sea en breve.

El parque automovilístico español es uno de los más envejecidos de toda Europa.
El parque automovilístico español es uno de los más envejecidos de toda Europa.

El paquete de medidas tienen como objetivo reducir la siniestralidad y mejorar la seguridad de los distintos usuarios de la vía por lo que las novedades afectan no sólo a conductores sino también a los vehículos y las carreteras. Aquí las tienes:

Cinturones, sillitas infantiles y cascos

La nueva Ley recoge de forma generalizada la obligación de utilizar los sistemas de retención y protección para todos los conductores y ocupantes de vehículos. El texto también permite que los agentes de tráfico puedan prohibir ocupar los asientos delanteros y traseros a los menores si no utilizan un sistema de retención o sillita infantil adecuada a su edad o talla, o incluso inmovilizar el vehículo.

Con estos cambios la Ley se adapta a una legislación europea que está incrementando progresivamente los niveles de exigencia tanto en el uso como en la instalación de estos sistemas de retención y protección de los ocupantes de los vehículos.

Los niños deben viajar en sistemas de retención según edad y talla
Los niños deben viajar en sistemas de retención según edad y talla

Se prohíben los detectores de radar

La reforma de la Ley de Tráfico prohíbe expresamente el uso de detectores de radar o cinemómetro, es decir, aparatos que interfieren con el sistema de radar. Sí se pueden utilizar los avisadores de radar, dispositivos que informan de la ubicación geográfica de un radar a partir de la información registrada en las bases de datos públicas. Según la DGT, el motivo de esta modificación es que el objetivo principal de dichos detectores es eludir la vigilancia del tráfico y el cumplimiento de los límites de velocidad. El incumplimiento de esta prohibición estará tipificado como infracción grave y se castigará con una sanción de 200 euros y tres puntos menos en el carné de conducir.

Los cambios no afectan al uso de inhibidores de radares y se mantiene su prohibición tanto del uso como del montaje con multas de 6.000 euros y la pérdida de 6 puntos en el carné.

Conducir con presencia de drogas

Por primera vez la Ley recoge de forma expresa la prohibición de conducir con presencia de drogas en el organismo del conductor. Hasta ahora la regulación penal y administrativa en lo relativo a las drogas era confusa pero cuando la nueva Ley entre en vigor el conductor que se someta a un control ordinario y se le detecte presencia de drogas será castigado por vía administrativa, en este caso con una sanción de 1.000 euros y 6 puntos menos. Si además su conducción implica riesgos para la seguridad será procesado por vía penal según el artículo 379.2 del Código Penal.

Otra novedad es que el texto recoge de forma explícita la prueba salival como medio preferente para detectar in situ la presencia de drogas en el organismo para su posterior análisis. Hasta ahora los controles preventivos de drogas estaban en un segundo plano.

Además, establece la obligación de someterse a las pruebas de detección de alcohol y drogas no sólo a los conductores de vehículos, sino a todos los demás usuarios de la vía cuando estén implicados en un accidente de tráfico o hayan cometido una infracción.

Aumentan las multas por conducir con alcohol

Una de las novedades más polémicas es el aumento de las multas a 1.000 euros para los conductores reincidentes, cuando ya hubieran sido sancionados por el mismo motivo en el año inmediatamente anterior y para aquellos que superen el doble de la tasa de alcohol permitida. Para el resto de conductores que circulen con tasas de alcohol superiores a las establecidas la sanción se mantiene en 500 euros y 4 o 6 puntos menos en el carné.

Vía libre para la velocidad a 130 km/h

El texto de la nueva Ley no recoge ningún cambio sobre velocidad pero sí mejora su redacción para que en el Reglamento General de Circulación se puedan concretar los límites máximos y mínimos para los conductores, vehículos y vías. La clave para este cambio está en el artículo 19 de la nueva Ley: “las velocidades máximas y mínimas autorizadas para la circulación de vehículos serán las fijadas de acuerdo con las condiciones que reglamentariamente se determinen…” .

Cataluña es la Comunidad Autónoma con mayor proporción de condenas por exceso de velocidad.
Cataluña es la Comunidad Autónoma con mayor proporción de condenas por exceso de velocidad.

Menores de 16 años con casco en bicicleta

Ya era obligatorio el uso del casco para ciclistas y ocupantes de bicicletas en vías interurbanas. La novedad es que a partir de ahora los menores de 16 años también tendrán que utilizarlo de forma obligatoria en cualquier tipo de vía, incluida la ciudad.

Además, se permite a los ciclistas circulan por debajo de los límites de velocidad establecidos en cada momento y se refuerza su seguridad cuando son adelantados por otros vehículos: el vehículo que adelante a un ciclista puede ocupar parte o la totalidad del carril contiguo o contrario, debe guardar una separación lateral mínima de 1,5 metros y en los adelantamientos no se puede poner en peligro ni entorpecer la marcha de los ciclistas que circulen en sentido contrario.

Restricciones a vehículos por motivos medioambientales

Como novedad el nuevo texto recoge expresamente la posibilidad de restringir el acceso o la circulación por las vías a determinados vehículos por motivos medioambientales. Así lo contempla el Plan AIRE del Gobierno donde se prevé la creación de un marco normativo estatal para la implantación de zonas de bajas emisiones. Esta nueva medida se recoge en la nueva Ley de forma general pero necesita un desarrollo reglamentario posterior.

Atropello de animales

Si un conductor atropella a un animal de una especie cinegética, es decir, aquella que puede ser objeto de caza, será el propio conductor, de forma general, el responsable de dicho atropello. Las excepciones las encontramos en los casos en el que el atropello del animal sea consecuencia directa de una acción de caza, en cuyo supuesto la responsabilidad será del propietario del terreno; o cuando el atropello se haya producido por falta de reparación del vallado o la señalización. En esta última situación la culpa recaerá sobre el titular de la vía donde se haya producido el accidente.

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El conductor es el responsable del atropello de animales, aunque hay excepciones
El conductor es el responsable del atropello de animales, aunque hay excepciones

Intercambio de información transfronterizo

Se añade al ordenamiento jurídico español la Directiva Europea para el intercambio entre fronteras de información sobre infractores de tráfico. Este intercambio de datos se realizará cuando la infracción esté relacionada con velocidad, alcohol, drogas, móvil, cinturón o cascos con un vehículo que circule en un Estado de la Unión Europea pero con matrícula de otro país distinto.

Notificación de la denuncia en el acto

Se introduce una nueva causa para no tener que notificar la denuncia en el acto. A partir de ahora sucederá así siempre y cuando el agente denunciante se encuentre realizando labores de vigilancia y control de tráfico y carezca de medios para realizar la persecución del vehículo infractor.

Matriculación de vehículos

Con la nueva Ley se obliga a matricular definitivamente en España todos los vehículos que se vayan a utilizar en territorio nacional bien por residentes o por titulares de establecimientos o empresas.

Además de estas novedades, la reforma de la Ley aprobada ayer en el Congreso de los Diputados también recoge que:

- Se amplía el plazo de alegación de las denuncias y de pago de sanciones con descuento a 20 días naturales.

- Las grúas que acudan a realizar un servicio de auxilio en carretera tienen prioridad de paso aunque no sean considerados vehículos prioritarios.

- Se prorroga hasta el 25 de mayo de 2016 el plazo para la incorporación de los ayuntamientos al TESTRA y al DEV. El TESTRA es un Tablón Electrónico de Sanciones de Tráfico que permite a los ciudadanos consultar las notificaciones por sanciones de Tráfico que no hayan podido ser comunicadas al interesado por estar ausente, por haber cambiado de domicilio, etc. El DEV o Dirección Vial Electrónica permite recibir vía Internet los avisos por correo electrónico y teléfono móvil, notificaciones de procedimientos sancionadores y avisos o comunicaciones de interés como, por ejemplo, cuándo caduca el permiso de conducir, la ITV del vehículo o el seguro.

Se establecen las bases para modificar la velocidad máxima a 130 km/h
Se establecen las bases para modificar la velocidad máxima a 130 km/h

Lo que opina el RACE

Las reacciones del Real Automóvil Club de España (RACE) no se han hecho esperar y nada más conocer la aprobación de la nueva Ley de Tráfico en el Congreso han querido dejar clara su postura. Valoran positivamente la incorporación como prueba sancionadora la presencia de drogas en saliva para aquellos conductores que conducen bajo los efectos de estas sustancias, ya que hasta ahora los controles preventivos se centraban más en los casos de alcohol. "Con esta nueva reforma, se pretende evitar los accidentes de tráfico en los que los conductores tenían presencia de drogas en el organismo como cocaína, cannabis o drogas de síntesis", explican desde el RACE.

También aplauden la regulación para el incremento de la velocidad a 130 km/h en determinadas vías, una medida que ya llevaban tiempo reclamando y que permitirá revisar los actuales límites de velocidad y ajustarlo a las necesidades del tráfico y, sobre todo, a las condiciones meteorológicas.

"Solicitamos que exista un criterio claro para la ubicación de los radares"

En relación a los radares, el RACE lo tiene claro, su misión debe ser educativa y no recaudadora por eso piden que se señalicen siempre y se ubiquen en tramos conflictivos de accidentes o puntos negros. "Solicitamos que exista un criterio claro para la ubicación de los radares", dicen.

No están tan de acuerdo con otras medidas como el incremento al doble de las sanciones por alcohol. "Este incremento lo consideramos desproporcionado y poco acertado ya que apostamos por la formación e información a los conductores antes que por la sanción, y mucho menos por el incremento tan abultado de la misma".

En cuanto al uso del casco, la recomendación del RACE durante la tramitación de la Ley fue la obligatoriedad del mismo en todos los grupos de edad, sin excepciones y en todo tipo de vías. "En la actualidad, con la configuración y el crecimiento urbanístico que estamos teniendo empezará a ser difícil diferenciar entre entornos urbanos e interurbanos", se lamentan.

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Anónimo

Quie estan excepto. Del cinturon de seguridad

J
Jesús

Mi opinión es que la dgt es complice de las muertes en carretera ya que se les paga para proteger al conductor y lo que hacen es saquearle. Mucha cara tienen permitiendo expresamente el consumo de alcohol (la droga mas embrutecedora y que mas aborregado deja a la víctima) y arruinando la vida a gente por haber fumado un porro dias antes (la dgt dice que 3 a 6 horas pero entre comillas y se sabe que es mentira) ¡¡¡ TOLERANCIA CERO CON LOS CORRUPPTOS !!!

mg
manuel gallardo

Y de los Vehiculos Historicos se sabe si se amplia la edad para poder hacerlo Historico de 25 a 35 años? Algo he oido.

Anónimo

Porque los peatones si respetan las normas?cuando cruzan sin ver,con el semaforo en rojo,por donde no deben,se paran en un paso de cebra y no van a cruzar haciendote frenar,luego el que va sin chaleco de noche y de negro,el que sale a correr y va por la carretera.los motoristas respetan las normas?

Anónimo

Porque los que van en las scooters si respetan el trafico?sobre todo los repartidores de pizza

Anónimo
| 3 respuestas

53#pues entonces que no circulen coches sin carnet,motos de 50cc,camiones,tractores ni maquinaria pesada.ya que en carreteras secundarias donde la velocidad es de 80/90 kmh circulan a menos de 50kmh

A
Arrieta

#54 Sí, pero no es lo mismo un tractor que una persona sobre una bicicleta. Si pasas al lado suyo, supongo que al tractor no le vas a tirar, y además, circules correctamente o no como se caiga el ciclista delante tuyo por el motivo que sea a ver qué narices haces. Son un colectivo muy vulnerable por motivos obvios, pero ellos respetar más bien respetan poquito. Sin ir más lejos, tú ves que en ciudad se paren en un semáforo como el resto de coches? incluso donde hay intersecciones que se cruzan pasan de largo como si nada. Y volviendo al tema inicial, pienso igual que el compañero, no deberían de circular por carretera, es muy peligroso.

Anónimo

#55. Y vuelta la burra al trigo. Porque no montas tu en bicicleta e intentas respetar las normas de trafico a ver lo que pasa?. Las carreteras no son solo para ti y tus coches...son para todos, si pides respeto, primero aprende a respetar.

A
Arrieta

#57 Sí, con una diferencia, si me la pego llevo carrocería, un ciclista la carrocería es su propio cuerpo, y he llegado a ver a ciclistas en medio del carril, en vez de ir por el arcén, con un par de narices y no es que esté pidiendo respeto, simplemente digo que encontraros en una curva cerrada de repente subiendo un puerto es un peligro, y ni os apartáis ni facilitáis nada, ya que el Gobierno sólo prohíbe podría mediar en este problema y aplicar el sentido común. Agur

p
prieto
| 2 respuestas

Yo sinceramente considero que las bicicletas no deberian circular por vias que no esten adaptadas para ello. Y no entiendo por que hay que darles preferencia si ellos no tienen matricula ni luces para indicar si van a frenar, girar, etc. No pagan numerito ni permiso de circulacion ni seguro.....

Anónimo

#53 las bicicletas estaban antes que los coches, los caminos se han hecho carreteras y su concepción original no iba dirigida a coches, ni a bicicletas, las carreteras son de todos y si todos respetasemos no habría ningún problema, yo soy conductor y hago 100.000 kilómetros al año por trabajo, de manera muy ocasional cojo la bicicleta, me gusta ir por caminos y sentir el campo pero si tengo que hacer un tramo de carretera entre caminos o me apetece un día hacer un recorrido de carretera porque los caminos por ejemplo estén embarrados quiero que me respeten como yo hago, y por cierto tengo seguro para la bicicleta y como peatón, a ver si muchos pueden decir eso, los que critican por criticar a los ciclistas y luego se pasan los semáforos en rojo cuando van de peatones y no se hacen responsables de nada. Con respeto y sentido común cabemos todos.

Anónimo

#61 nada como un comentario coherente para callar todas las bocas, y se hizo el silencio...

Anónimo

Por desgracia no puedo conducir ya que circulandocon unos amigos en bici un conductor borracho y sin carnet y seguro se salio de la carretera invadiendo el carril contrario impactando contra nosotros dandose ala fuga.yo sufri rotura en ambas piernas y traumatismo en la cabeza.aun estoy convaleciente y no puedo conducir.lo peor ver como uno de los compis fallecio en el acto

Anónimo

Eso, eso, el que quiera ir con bici que se compre una mountain-bike y se vaya al parque o la sierra. Lo único que hacen al circular por las carreteras es poner en peligro su vida y complicarle la vida a los demás usuarios. Bicis no.

Anónimo

me da que se le esta dando mucho poder a la policia ...llegaran tiempo de llorar ...