Recibir una multa no es algo agradable. O es una confusión administrativa fácilmente demostrable o hazte a la idea de que tendrás que pagarla (las normas están para cumplirlas nos guste o no). Otra cuestión es que decidas no pagarla. En ese caso, ¿qué pasa si no pago una multa?
Te lo vamos a contar a continuación y ya te adelantamos que no es para tomárselo a la ligera. Te puedes quedar sin coche, sin casa, con tus cuentas embargadas y hasta verte en prisión.
Plazos para pagar una multa
Cuando recibes una multa lo primero que tienes que hacer es comprobar que la procedencia es de algún organismo público competente (DGT, ayuntamiento, País Vasco, Cataluña y próximamente Navarra). Aquí te explico con más detalles qué tienes que hacer cuando recibes una multa.
Una vez comprobado que los datos son correctos tienes los siguientes plazos:
PLAZO VOLUNTARIO DE 20 DÍAS NATURALES
•- A contar desde que recibes la notificación: en estos días puedes pagar y beneficiarte de una reducción del 50% o puedes recurrir la sanción si no estás de acuerdo. Si te acoges al pago voluntario, renuncias a recurrirla interponiendo alegaciones.
•- En el caso de presentar alegaciones, si el recurso es desestimado, tendrás que pagar el 100% de la multa.
•- Si pagas la multa en el período voluntario y luego pones un recurso, la alegación no tendrá efecto.
•- No se aplica la reducción del 50% en estos casos: conducir vehículos con inhibidores de radar o mecanismos que interfieran en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico; falsear la identificación del conductor responsable de una infracción; realizar obras en la vía sin la autorización correspondiente, no instalar, o hacerlo incorrectamente, la señalización correspondiente; y por incumplir las normas establecidas para las actividades industriales que afectan de manera directa a la seguridad vial.
PLAZO ORDINARIO DE 45 DÍAS
•- Si no pagas la multa y tampoco la recurres en los primeros 20 días naturales desde que recibes la notificación, la multa pasará a tramitarse de forma ordinaria. El plazo para pagar la multa será de 45 días tras recibir la notificación.
•- Tendrás que pagar el 100% del importe.
•- Durante este período no podrás presentar alegaciones (excepto si hubiera un error en la denuncia para lo cual tendrás que presentar un recurso extraordinario de revisión).
¿Sigues sin pagar la multa?
•- Si finaliza el plazo de 45 días para pagar la multa, ésta será remitida a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
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•- En este caso, el importe se incrementará con un recargo del 20%.
•- Te llegará una notificación de la Agencia Tributaria mediante un procedimiento que se conoce como Providencia de Apremio.
¿Cuándo te pueden embargar?
Si también agotas el nuevo plazo de pago que te asignen desde la Agencia Tributaria, este organismo podrá iniciar acciones para cobrar la deuda. Es entonces cuando puede embargar la cuenta del deudor o bien optar por descontar el importe de la cantidad que podría salir a devolver en su declaración anual de la renta. También pueden optar por retirar el dinero que se debe de la cuenta, descontarlo del salario o de la pensión. Si no hubiera liquidez, pasarían a embargar muebles u otras propiedades, como el propio coche.
¿Cuándo podrías ir a prisión?
Solo en el caso de que la multa proceda de la vía penal (lo que implica que la infracción ha sido grave), el juez puede determinar el ingreso en prisión del infractor-deudor.
Aunque te declares insolvente, no irás a la cárcel cuando la multa sea administrativa.
No pagar una multa: otras consecuencias
Debes saber que por el hecho de no pagar una multa procedente de un ente público, además de poderte embargar la cuenta, podrías tener problemas a la hora de solicitar becas y otras ayudas públicas.
¿Prescriben y caducan las multas?
Las multas sí prescriben. Así lo indica el artículo 112 de la Ley de Seguridad Vial: prescripción de 3 meses para las infracciones leves y de 6 meses para las graves y muy graves. Se contabiliza desde que cometes la infracción hasta que la notifican. Es decir si has cometido una infracción leve y tres meses después no has recibido notificación alguna, la multa habrá prescrito y no tendrás que pagarla.
Una vez recibida la notificación, la administración tiene un plazo de un año para resolver el proceso (siempre que vayas cumpliendo los plazos). Es decir, si tras realizar una alegación, no recibes respuesta por parte del organismo en un año, la multa habrá caducado y no tendrás que pagarla. Cada vez que recibas una notificación o respuesta de dicho organismo, el plazo de prescripción o caducidad el cómputo del tiempo vuelve a ser cero.
Además:
- Infracciones que quitan puntos.
Hola, yo me di cuenta un dia que tenia un embargo en la cuenta corriente, no sabia de que podia ser, indagando consegui saber que era una multa de la policia local de Terrassa, yo tengo todos los datos tanto del coche como los mios correctos y en ningún momento recibí ninguna notificacion de la multa, y tuve que pagarla con recargo, encuentro una indefension muy grande mi situación