Declaración de la Renta 2023: ¿Debo declarar la compra del coche?
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Declaración de la Renta 2023: ¿Debo declarar la compra del coche?

Joan Dalmau

Joan Dalmau

12 opiniones

El 3 de abril de 2024 se abre el plazo para la presentación de la declaración de la Renta 2023 que terminará el 1 de julio. ¿Cómo afecta la compra de un coche en el periodo declarativo? Para la gran mayoría de personas, la compra de un coche no afecta en la declaración, salvo en el caso de los autónomos que utilicen el coche para trabajar, en el de quién haya comprado un vehículo eléctrico o híbrido enchufable o en el de aquellas personas con discapacidad o que tengan a su cargo alguna persona con discapacidad. En este artículo os explicaremos las deducciones que pueden practicarse en cada caso en la declaración.

¿Tengo que declarar a Hacienda la compra de un coche nuevo?

Empieza la Declaración de la Renta. Deberás declarar la compra de un coche si eres profesional autónomo y lo usas para trabajar, tienes algún tipo de minusvalía o has cobrado ayudas públicas de compra
Empieza la Declaración de la Renta. Deberás declarar la compra de un coche si eres profesional autónomo y lo usas para trabajar, tienes algún tipo de minusvalía o has cobrado ayudas públicas de compra

Para las personas físicas que trabajan por cuenta ajena o estén jubiladas, la compra de un coche nuevo en el año 2023 no tiene ningún efecto en la declaración de la Renta ya que se trata de un bien de consumo sobre el que ya se han cargado una serie de impuestos, esencialmente el IVA del 21% y el impuesto de matriculación del que están exentos los modelos que no alcanzan los 120 gr/km de emisiones de CO2 según el protocolo WLTP. El resto pagan entre un 4,75% y un 12,75% dependiendo de sus emisiones de CO2 homologadas.

Deducción del 15% IRPF por compra de vehículo eléctrico

La gran novedad este año es la existencia de una nueva deducción del 15% del IRPF por la compra de un vehículo eléctrico Esta deducción se aplica como un beneficio fiscal en la declaración de renta 2023-2024 (la que hay que hacer ahora) para todos aquellos que compraron un coche eléctrico, un modelo de autonomía extendida, uno de pila de combustible o un híbrido enchufable, en 2023. De este modo puede recuperarse mediante la declaración un 15% del valor del vehículo, aunque, eso sí, con un tope de 3.000 euros de modo que esa es la cantidad máxima que podrás desgravar. Se trata de una medida complementaria para incentivar la compra de vehículos eléctricos que incluye también cuadriciclos y motocicletas.

Del mismo modo, podrás también desgravar hasta el 15% (en este caso con un límite de 4.000 euros) por la instalación de un punto de recarga en tu domicilio.

A la norma general (eléctricos al margen) concurren una serie de excepciones en problemáticas concretas. Un ejemplo es el de las personas con discapacidad. Tanto si la persona con discapacidad es el conductor como un familiar directo que tenga a esa persona a su cargo (los padres normalmente en el caso de un menor con discapacidad), el comprador de un vehículo puede desgravar el 50% del IVA, una cantidad que será relativamente baja puesto que, en este caso, el IVA que se paga al adquirir el vehículo no es del 21% sino del 4%.

Cabe tener en cuenta, no obstante que esta deducción se efectuará solo en el caso de que el coche que se adquiera sea nuevo (no se incluyen ni vehículos usados ni de KM0 puesto que estos últimos, al estar ya matriculados a nombre de una empresa (la mayoría de las veces el propio concesionario que lo vende) se consideran a todos los efectos como coches usados pese a que se trate de vehículos a estrenar.

¿Pueden desgravar los autónomos la compra de un coche?

Los profesionales autónomos que usan el vehículo como herramienta de trabajo están sujetos a importantes desgravaciones en la declaración.
Los profesionales autónomos que usan el vehículo como herramienta de trabajo están sujetos a importantes desgravaciones en la declaración.

En el caso de los profesionales autónomos las cosas cambian siempre que estos utilicen el coche adquirido para trabajar, caso de los taxistas, los transportistas que trabajen con furgonetas, los profesionales autónomos que usen también furgonetas o los comerciales que no estén contratados por ninguna empresa. Los autónomos podrán desgravar el 50% de las cuotas (capital e intereses) pagados durante el año objeto de la declaración, así como el 50% del IVA, tanto si el coche se compra en propiedad como si se paga bajo algunas de las nuevas modalidades de alquiler tipo renting.

En el caso de algunos profesionales concretos que utilicen el coche no para desplazarse sino como herramienta de trabajo habitual, podrá realizarse la desgravación completa del IVA pagado. En este caso se incluyen profesionales como los taxistas y conductores de transporte privado de personas, los representantes comerciales o los transportistas. En este grupo se incluyen también los autónomos que se dediquen a la enseñanza de conducción. En todos los casos, el coche deberá haberse matriculado a nombre del profesional autónomo que realice la declaración.

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Del mismo modo, también podrán desgravarse los gastos de mantenimiento y hasta un 50% de los gastos de combustible excepto en el caso de transportistas y taxistas en que esta deducción puede llegar a ser del 100% siempre que el combustible se emplee para la realización del trabajo. Eso implica, por ejemplo, que un taxista no podrá desgravar los gastos de combustible de un viaje personal en época de vacaciones.

¿Tengo que declarar a Hacienda el Plan Moves III?

Los taxistas pueden llegar a desgravar incluso los gastos de combustible.
Los taxistas pueden llegar a desgravar incluso los gastos de combustible.

Las ayudas otorgadas por el Gobierno en la compra de vehículos nuevos bajo el Plan Moves III deben declararse a Hacienda como ganancia patrimonial y, por lo tanto, están sujetos a gravamen. Estas cantidades ingresadas incrementarán la base imponible que tributará en función de los tramos del impuesto.

¿Tengo que declarar a Hacienda mi coche de empresa?

Finalmente, en el caso de los coches de empresa, serán éstas las que puedan desgravar una parte de su coste. En el caso de que se trate de un coche que el empleado usa también de manera particular, Hacienda considera que se trata de un rendimiento en especie que la persona usuaria del vehículo debe tributar como un ingreso más. Eso será así salvo en el caso de que el usuario lo emplee solo para trabajar y así pueda demostrarse.

Si el coche utilizado está a nombre de la empresa, Hacienda considera que el trabajador debe declarar el 20% del coste anual de adquisición del coche como ingresos en especie y, por lo tanto, tributar esa cantidad añadiéndola a las rentas del trabajo percibidas a lo largo del año. Si el coche es propiedad de un tercero (una empresa de renting externa, por ejemplo), ese 20% se calculará sobre la base del valor de mercado de ese vehículo. En el caso de que se trate de un coche eléctrico, o híbrido enchufable con una autonomía superior a los 15 Km en modo eléctrico, se aplicará un 30% de descuento en la cantidad a declarar siempre que el precio del coche sea inferior a 40.000 euros. Si el coche es híbrido, la reducción es del 15% y si se trata de un coche diésel o de gasolina que emite menos de 120 gr/km y cuesta menos de 25.000 euros puede desgravarse un 15% de la cantidad fijada.

El calendario del impuesto

Si tu coche de empresa es un eléctrico o un híbrido enchufable podrás descontar un 30% del importe que debes computar como retribución en especie.
Si tu coche de empresa es un eléctrico o un híbrido enchufable podrás descontar un 30% del importe que debes computar como retribución en especie.

El miércoles 3 de abril es la fecha de inicio para la campaña de presentación del Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para aquellas declaraciones que puedan presentarse online. A partir del día 29 de abril se puede pedir cita previa para la presentación telefónica de la declaración que se inicia el día 7 de mayo, y el 29 de mayo comienza el periodo de solicitud de cita previa para la presentación presencial. La Agencia tributaria empeza a atender a los usuarios de manera presencial el día 3 de junio. La presentación de las declaraciones termina el día 1 de julio, aunque aquellas personas a las que la declaración les salga a ingresar con domiciliación bancaria deberán presentar la declaración como muy tarde el día 27 de junio.

Hay que recordar que aquellas personas que deseen realizar la declaración en modo online deberán entrar en la web de la Agencia Tributaria o en la App de la propia agencia y deberán disponer de DNI electrónico, el certificado electrónico correspondiente y la clave PIN o el número de referencia. Este último puede obtenerse en el citado portal cumplimentando una serie de datos personales.

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D
DUMITRU

La compra de una bicicleta eléctrica se debe declarar el la renta? Gracias. Saludos

J
Julián

Mi pareja y yo somos músicos. Tenemos un coche de 7 plazas por los instrumentos y el equipaje. ¿Podemos desgravar el IVA, los gastos y la compra de uno nuevo, grande también? Es para uso de los dos. Unas veces para trasladarnos ambos, otras veces por separado. ¿Algo que tener en cuenta al respecto de gastos y desgravaciones por vehículo? Gracias y un saludo.

JM
JOSE MANUEL

INTERESANTE,GRACIAS

J
Jorge

Qué poco me gustan estos trámites

J
Juan

No tenía ni idea de lo del Plan Moves III

P
Pere

Información muy interesante, sobre todo para empresas gracias

EF
Evaristo Freire Rodriguez

Resido en la comunidad de Andalucia, mi esposa con discapacidad superior al 33 compró un vehiculo nuevo en 2021, para lo cual abono el 4 de IVA. Pues es uno de los casos en los que según este articulo podría desgravar el 50 de lo abonado en el IVA, pero no encuentro en el borrador de la Renta ningún apartado donde declararlo, ruego si alguien me lo puede aclarar ya que el vendedor del coche cuestiona esta información. Gracias

J
José
| 1 respuesta

Pues yo compré un Dacia en el año 2015 y me hicieron devolver una ayuda que supuestamente me dieron

P
Ptime3

No la devuelves, la declaras. El resultado de la declaración será a devolver o a pagar dependiendo de tus ingresos y desgravaciones. Estaría bueno que el Estado te de dinero para un coche y que no lo declares.

PJ
Pablo Javier

Si es para uso particular y lo mantienes durante 4 años desde la compra, aquí en Castilla León hay una deducción del 15 del precio, máximo de 4.000 Euros, para eléctricos puros, eléctrico con autonomía extendida o híbridos enchufables con autonomía eléctrica de más de 40 Kilómetros.

rd
rafael domínguez martínez

Como lo de la declaración de Renta ya se ha comentado, solamente añadir que aquellos que estén obligados a declarar por el Impuesto sobre el Patrimonio están obligados a incluir el valor del coche a 31 de Diciembre.