El uso de las luces V-16 para señalizar incidencias en carretera será obligatorio a partir del 1 de enero de 2026, de manera que los triángulos de seguridad dejarán de ser legales en España desde esa fecha. Al ser España el primer país que implanta la obligatoriedad del uso de este dispositivo, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha publicado una Instrucción con el fin de aclarar, por un lado, la obligatoriedad y las condiciones de su uso en circulación internacional de vehículos matriculados en España y, por otro, el cumplimiento de esta normativa en circulación internacional por España de vehículos matriculados en otros países.
*Noticia actualizada por Sara Soria
Este nuevo dispositivo V-16 se puede utilizar en España de manera voluntaria en lugar de los triángulos de emergencia desde el 1 de julio de 2021. Es una alternativa para señalizar la posición en casos de avería o accidente, sin necesidad de salir del vehículo y evitando así riesgos personales. Esta luz V-16 será obligatoria en su versión dotada de conectividad desde el 1 de enero de 2026.
Uso de la luz V-16 en el extranjero
Tanto la Convención sobre la Circulación por carretera de Ginebra de 19 de septiembre de 1949, como la Convención sobre la Circulación Vial de Viena de 8 de noviembre de 1968, recogen en su normativa definiciones para la expresión “circulación internacional”. La contemplan bien como aquella que implique el paso de una frontera por lo menos, bien como aquella en la que el vehículo que circula por un determinado Estado pertenece a una persona física o jurídica que tiene su residencia normal fuera de dicho Estado, o que no está matriculado en dicho Estado, entre otras definiciones.
La Convención de Ginebra no hace mención a situaciones de inmovilización de vehículos en las carreteras pero sí lo hace la Convención sobre la Circulación Vial de Viena de 1968. “Todo vehículo, todo remolque y todo conjunto de vehículos en circulación internacional deberán cumplir todas las disposiciones del Anexo 5 de la presente Convención. Deberán estar además en buen estado de marcha”.
Se trata de un anexo en el que se dispone, entre otras cosas, la obligatoriedad de disponer de un “dispositivo de señalización a bordo de los automóviles”, el cual puede ser "una placa en forma de triángulo equilátero" o “cualquier otro dispositivo de igual eficacia prescrito por la legislación del país en que esté matriculado el vehículo”.
Teniendo en cuenta esto, la instrucción de la DGT aclara:
Vehículos extranjeros en España
En el caso de vehículos matriculados en otros países que se encuentren en España en situación de "circulación internacional": cumplirán la norma siempre que porten (o utilicen) triángulos de preseñalización de peligro o cualquier otro dispositivo de análoga funcionalidad implementado en la normativa del país de origen.
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Esto se debe a la normativa internacional vigente, que permite la adaptación a las regulaciones nacionales de cada país. A pesar de ello, se recomienda que los conductores extranjeros revisen las normas locales para garantizar su seguridad y evitar posibles sanciones, especialmente en un periodo de transición normativa como el actual.
Vehículos españoles en el extranjero
En el caso de aquellos vehículos matriculados en España que se encuentre en situación de "circulación internacional" por otro país firmante del Convenio de Circulación de 1949 (ver países) o del Convenio sobre Circulación Vial de 1968 (ver países): cumplirá la normativa si lleva o utiliza, en caso de ser necesario, el nuevo dispositivo de preseñalización de peligro V-16 luminoso y conectado, sin necesidad de tener que llevar triángulos de preseñalización.
No obstante, desde la empresa Help Flash advierten que, aunque el uso de la luz V-16 es legal en otros países, su reconocimiento por parte de las autoridades extranjeras aún puede ser limitado, ya que es un dispositivo de reciente implantación.
Hacia la normativa unificada
Aunque actualmente la luz V-16 solo es obligatoria en España, la intención de las autoridades es avanzar hacia un sistema de señalización vial unificado en toda Europa. Sin embargo, este proceso tomará tiempo, por lo que en el futuro se podría considerar la implantación de este sistema en otros países.
*Primera publicación 22/01/2025
Parece que el el estado totalitario español socialista que remos ser mas papistas que el PAPA pues esta visto que las nuevas reglamentaciones hechas porDGT,de este pésimo gobierno estan provocando más siniestros, más accidentes , más puntos negros y peor legalidad en la conducción , el resto de paises europeos no toman esta medida por que claramente es recaudatoria , en la que se ha montado un nuevo negocio con la empresa que fabrica estas V-16 homologadas sin tener en cuenta los incombenientes de posibles fallos de iluminacion bombillas fundidas , aparatos que a la hora que se necesiten no funcionen o cualquier otro caso , es el colmo que se atrevan a decir que si llevas triangulos te pueden multar cuando es el ÚNICO SISTEMA ACEPTADO EN TODO EL MUNDO , y mira por donde los saca cuartos socialistas nos quieren de esta manera ahora volver a perseguirnos con esta absurda y estupida nueva norma que en ningun pais del mundo es legal por NO SER SEGURA EN ABSOLUTO