Desde finales de marzo una nueva ley obliga de forma específica a utilizar la mascarilla en la vía pública, en espacios al aire libre y en espacios cerrados de uso público o que se encuentren abiertos al público, así como en los transportes. ¿Cómo afecta su uso cuando vamos en el coche?
La mascarilla hay que usarla de forma obligatoria dentro de un vehículo cuando los ocupantes sean mayores de seis años y no sean convivientes en el mismo domicilio. No cumplir con esta norma implica una multa de 100 euros. Únicamente podrás desplazarte en coche sin usar mascarilla cuando vayas solo o cuando tus acompañantes vivan contigo.
En los últimos días varias noticias publicadas en diversos medios de comunicación han generado confusión al contar que la Dirección General de Tráfico (DGT) estaba multando a conductores que no llevaban puesta la mascarilla en el coche. La DGT ha salido al paso con un comunicado para desmentir esa información con las siguientes aclaraciones.
La DGT no multa por no usar la mascarilla
La primera razón está en que el uso de la mascarilla es una medida sanitaria y de salud pública, por lo que la DGT no tiene competencia en su regulación.
El segundo motivo que aporta es que ningún artículo de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial -ni en los reglamentos que la desarrollan- recoge que no llevarla, quitársela o ponérsela sea considerado infracción “y mucho menos que lleve aparejada la pérdida de puntos del permiso de conducir, por tanto no es sancionable”, explica en el comunicado. De esta aclaración se desprende que el hecho de ponerse o quitarse la mascarilla dentro del vehículo no se puede considerar una infracción.
“La DGT lamenta que algún ciudadano se haya podido sentir desinformado por todas estas falsas noticias publicadas y no contrastadas ni con la fuente, ni con la normativa de tráfico y seguridad vial”.
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No la cuelgues en el retrovisor: la DGT sí multa
Sí podrá sancionar el organismo competente, que no será la DGT. Quien incumpla la norma que obliga a usar la mascarilla podrá ser propuesto para sanción por parte de la Policía Nacional, policías locales o autonómicos y por la Guardia Civil. La sanción se tramitará según esta nueva ley y no a través de las leyes de tráfico.
La DGT, en cambio, sí te podrá sancionar si, como conductor, cuelgas la mascarilla en el espejo retrovisor quitándote visibilidad, ya que estarías poniendo en riesgo la seguridad vial. Así lo indica el artículo 18 del Reglamento General de Circulación: “el conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía". Se considera infracción leve con una multa de 80 euros.
En este enlace puedes consultar la nueva ley que regula el uso de la mascarilla: Ley 2/2021, de 29 de marzo, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
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Respeto la libertad de quien usa la mascarilla dentro del coche, eso es de libre albedrío, yo no la uso dentro de mi vehículo, mi mujer sí, si salgo del coche si la uso para todo, me la pondría si se subiese gente con la que no convivo pero conozco, claro está con mascarilla, el resto es cuestión de gusto y responsabilidad de cada uno.