Si desde mañana 30 de junio te compras una motocicleta eléctrica te podrás beneficiar de la deducción del 15% en el IRPF. Es la nueva medida aprobada esta semana en Consejo de Ministros y que entra en vigor mañana tras su publicación hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
El objetivo es incentivar la compra de vehículos eléctricos por eso esta deducción también afecta a la compra de cuadriciclos, de coches y a la instalación de puntos de recarga.
En el caso de las motos, ¿quién puede pedir la deducción?, ¿qué cantidad te puedes deducir?... Te contamos las claves para poder beneficiarte de la deducción del 15% en el IRPF al comprar una moto.
¿Qué tipo de moto se puede deducir el 15% del IRPF?
Podrás comprar una motocicleta de las categorías L3e, L4e o L5e, es decir, con dos o tres ruedas simétricas o asimétricas con respecto al eje medio longitudinal del vehículo, de más de 50 cm3 o velocidad mayor a 50 km/h y cuyo peso bruto vehicular no exceda de una tonelada. Son las mismas que se pueden acoger a las ayudas del Plan Moves. Tienen que estar en la base de datos de vehículos de IDAE.
•- La motocicleta tiene que ser eléctrica con baterías de litio, un motor eléctrico con una potencia igual o superior a 3 kW y con una autonomía mínima de 70 kilómetros.
•- También se pueden acoger a la deducción los cuadriciclos ligeros (L6e) y pesados (L7e) con propulsión eléctrica.
•- Sólo se puede aplicar la deducción a la compra de un único vehículo.
•- La moto no podrá estar asociada a una actividad económica.
Deducción en el IRPF para particulares
Por primera vez un usuario particular podrá desgravarse la compra de un vehículo al hacer la declaración de la renta, ya que hasta ahora solo lo podían hacer autónomos o empresas.
Podrá pedir la deducción un comprador particular que adquiera una moto nueva eléctrica a partir del 30 de junio y siempre que la cantidad total o parcial se abone hasta el 31 de diciembre de 2024. El precio máximo de venta de la moto (sin IVA o IGIC) es de 10.000 euros. En el caso de los cuadriciclos no hay un límite establecido.
El real decreto publicado hoy en el BOE establece que la deducción se practicará en el período impositivo en el que el vehículo sea matriculado o bien cuando se abone al vendedor, al menos el 25% del valor de adquisición del vehículo, debiendo abonarse el resto y adquirirse la moto antes de que finalice el segundo período impositivo inmediato posterior a aquel en el que se produjo el pago de ese 25%.
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Hasta un máximo de 3.000 euros
La deducción máxima que se puede aplicar estará limitada a una base de cotización de 20.000 euros y estará constituida por el valor de adquisición del vehículo, incluyendo los gastos y tributos inherentes a la compra. En el caso de que te hayas beneficiado de alguna subvención a través de un programa de ayudas públicas (como puede ser el plan Moves III u otras ayudas de tu comunidad), estas cantidades tendrás que descontarlas. Por tanto, la deducción máxima sobre esos 20.000 euros será de 3.000 euros.
La medida estará en vigor hasta el 31 de diciembre de 2024. El real decreto publicado hoy en el BOE establece que la deducción se practicará en el período impositivo en el que el vehículo sea matriculado o bien cuando se abone al vendedor, al menos el 25% del valor de adquisición del vehículo, debiendo abonarse el resto y adquirirse la moto antes de que finalice el segundo período impositivo inmediato posterior a aquel en el que se produjo el pago de ese 25%.
Motos más baratas con el Moves y el IRPF
Esta nueva medida supone un fuerte impulso a la compra de vehículos eléctricos y un incentivo para los conductores que podrán ver rebajado el precio de una moto eléctrica y, por tanto, hacerla más asequible. A esta deducción máxima de 3.000 euros seguirás pudiendo disfrutar de la ayuda de hasta 1.300 euros por la compra de una moto eléctrica del Plan Moves III.
Deducción del 15% para puntos de recarga
La medida de deducción del 15% en el IRPF también se aplicará a la instalación de puntos de recarga siempre que el coste de la instalación se abone en el período comprendido entre el 30 de junio de 2023 y el 31 de diciembre de 2024. En este caso la base máxima anual de esta deducción será de 4.000 euros anuales y habría que descontar subvenciones recibidas por programas de ayudas públicas. En el coste de la instalación se incluyen gastos por la inversión en equipos y materiales, de instalación de los mismos y de las obras necesarias para su desarrollo.
Si se hubieran abonado cantidades para la instalación en el período impositivo de 2023 (desde el 30 de junio) pero la obra no se hubiera finalizado hasta 2024, la deducción se aplicará en 2024 por el total de cantidades abonadas en total.
Puedes consultar aquí toda la normativa especificada en el BOE del 29 de junio.
"Se dejan fuera motos de más de 10.000 €"
La Asociación Nacional de Empresas del Sector de las Dos Ruedas (ANESDOR) se muestra decepcionada con las nuevas ayudas para la adquisición de vehículos eléctricos que el Gobierno acaba de publicar en el Boletín Oficial del Estado, al considerar que se pierde una ocasión de oro para impulsar la electrificación del parque de ciclomotores y motocicletas.
Por un lado apoya la deducción del 15% del IRPF para la adquisición de un vehículo eléctrico nuevo, pero considera que repite los errores del Plan Moves al excluir gran parte de la oferta de motos eléctricas: “Se excluyen los ciclomotores eléctricos (especialmente adecuados en los nuevos entornos de “ciudades 30 km/h”) y de las motocicletas de más de 10.000 euros –impuestos no incluidos- (con mayores prestaciones que permiten la movilidad extraurbana)".”, se quejan.