Las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) obligatorias desde el 1 de enero de 2023 ya están legamente en funcionamiento. Así lo especifica la Ley de Cambio Climático y Transición Energética para todos los municipios con más de 50.000 habitantes o aquellos de más de 20.000 con problemas específicos de contaminación. Esta normativa afecta al menos a 149 ciudades aunque todavía hay muchas que no han puesto su ZBE en marcha. ¿Qué coches no pueden circular o aparcar en las ZBE en 2025? Aquí tienes el listado de ciudades con su plan ZBE y las restricciones de circulación por etiqueta de la DGT.
El Real Decreto que regula las Zonas de Bajas emisiones, publicado el 27 de diciembre de 2022, recoge las especificaciones de la Ley de Cambio Climático y permite a los consistorios establecer sus propias restricciones. Aun así es el sistema de etiquetas medioambientales de la DGT el que se está utilizando como criterio para establecer las restricciones.
Restricciones ZBE por ciudades
En los siguientes enlaces te explicamos las restricciones de circulación de las ZBE por ciudades:
Restricciones por etiqueta
Coches sin etiqueta (etiqueta A) en 2025
Sin duda son los más perjudicados por esta normativa. Y no son pocos. Al menos el 30% de los vehículos que circulan en España no llevan etiqueta. Los coches sin etiqueta son aquellos de gasolina matriculados antes del año 2000 y los vehículos diésel matriculados antes de 2006.
En Madrid, estos coches sin etiqueta no pueden circular por el interior de la M-30 ni tampoco pueden circular por la propia M-30 (desde el 1 de enero de 2023). Además, desde enero de 2024 también tiene prohibida su acceso y circulación por las vías públicas y urbanas del municipio de Madrid. ¿Y por dónde no pueden circular los coches sin etiqueta en Madrid en 2025? De momento la normativa en vigor dice que a partir de enero de 2025 los coches sin etiqueta empadronados en la capital ya no podrán circular por sus calles (con una fase de preaviso hasta el 30 de junio). A partir de 2025 las restricciones también afectan a camiones, furgonetas, motocicletas y ciclomotores sin etiqueta. Durante los primeros meses se enviará una carta a los conductores que infrinjan la norma y sean detectados por una cámara, pero no se le pondrá la multa (sí podrán ser sancionados si son detenidos por un agente de la autoridad). No obstante, se recuerda que las cámaras que controlan la M-30 y su interior finalizarán su periodo de aviso el 14 de enero. Por tanto, cualquier vehículo detectado por ellas será sancionado a partir del 15 de enero. Esta normativa de la ZBE Madrid está actualmente recurrida por el ayuntamiento tras ser anulada por el Tribunal Supremo.
En total, 464 dispositivos de vigilancia velan por el cumplimiento de Madrid ZBE, una cifra a la que hay que sumar los 37 ‘fotorrojo’ que se distribuyen por toda la ciudad.
En Barcelona, el acceso a la ZBE de las Rondas no está permitido para vehículos sin etiqueta de lunes a viernes entre las 7 y 20 horas aunque el ayuntamiento ha aprobado una normativa que reduce las restricciones para las rentas más bajas. La ZBE de las Rondas de Barcelona incluye Barcelona, L'Hospitalet de Llobregat, Sant Adrià de Besòs, y parte de Esplugues de Llobregat y Cornellà de Llobregat).
Coches con etiqueta B en 2025
La etiqueta B le corresponde a los turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculados a partir de enero del 2000 y de diésel a partir de enero del 2006.
En la ZBE de Madrid y la ZBEDEP Plaza Elíptica sí puedes circular sin restricciones con tu coche con etiqueta B. Pero sí te verás afectado en el caso de la ZBE de protección especial de Distrito Centro (ZBEDEP Distrito Centro) donde podrás acceder solo si aparcas en un parking público o con invitación. Durante el 2024 no se esperan más restricciones para los vehículos con etiqueta B. En este vídeo se explica bien qué coches pueden o no pueden circular o aparcar por Madrid:
En el caso de los vehículos ligeros de mercancías con clasificación ambiental B y con una MMA menor a 3.500 kilos, desde el 1 de enero de 2024 no pueden acceder a la ZBEDEP Distrito Centro. Hasta finales de 2023 tenían acceso autorizado de 7 a 13 horas. Si la MMA es mayor de 3.500 kg y menor o igual a 18.000 kg pueden acceder de 07:00 a 13:00 pero solo hasta el 31 de diciembre de 2024.
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En el caso de la ciudad condal, los coches con etiqueta B sí pueden circular libremente por la ZBE Rondas de Barcelona.
Coches con etiqueta C en 2024
En Madrid los coches con etiqueta C pueden acceder a la ZBE Madrid. En el caso de la ZBEDEP Distrito Centro sólo podrán acceder si aparcan en un parking público o con invitaciones. En el ZBEDEP de Plaza Elíptica pueden acceder sin restricciones. Al igual que con un etiqueta B, los coches con etiqueta C podrán aparcar en la zona SER o en el resto de calles de Madrid siempre que no se trate de la ZBEDEP Distrito Centro.
En el caso de Barcelona, sí pueden circular sin restricciones por la ZBE de las Rondas.
Son coches con etiqueta C los de gasolina matriculados a partir de enero de 2006 y diésel a partir de 2014. La llevan todos los coches nuevos excepto los eléctricos, los híbridos enchufables, híbridos, de gas o los mild hybrid o microhíbridos.
Multa por incumplir las ZBE
La multa por incumplir las restricciones de las ZBE que hay actualmente en España tiene un importe de 200 euros, que se podrá reducir a 100 euros por pronto pago.
Próximas ZBE en España
En febrero de 2022 los barrios del centro de los nueve municipios de la asociación de municipios del Arc Metropolità anunciaron las principales líneas de un proyecto para implementar zonas de bajas emisiones en Sabadell, Terrassa, Mataró, Granollers, Rubí, Mollet, Vilanova i la Geltrú, Martorell y Vilafranca del Penedès. Actualmente está en fase de presentación y aprobación con el objetivo de entrar en vigor a finales de 2025 o principios de 2026.
Las restricciones serían similares a las de la ZBE de Barcelona. Funcionarán en días laborales desde las 7.00 h hasta las 20.00h, aunque con muchas excepciones: para rentas bajas, vehículos de autónomos a los que les queden cinco años para jubilarse y su vehículo sea necesario para su profesión, para residentes, vehículos de transporte de movilidad reducida, para personas con tratamiento sanitario o vehículos históricos, con matrícula extranjera o singulares.
*Noticia actualizada
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