(Noticia actualizada) Hace dos meses, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) anulaba las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) implementadas por el Ayuntamiento de Madrid. La sentencia se basa en la falta de un informe de impacto económico adecuado y su posible efecto discriminatorio para los sectores más vulnerables, afectando a millones de madrileños.
Tras esta sentencia, el Ayuntamiento de Madrid decidió interponer recurso ante el Supremo y está pendiente de respuesta. La novedad ahora, según nos informa AEA, es que un juzgado madrileño (Juzgado nº5 de lo Contencioso-Administrativo), con independencia de lo que decida el Supremo, ha anulado una multa de 200 euros impuesta y ha condenado con 300 euros de costas al consistorio madrileño por una multa interpuesta a un conductor por acceder a una Zona de Bajas Emisiones.
Es la primera sentencia dictada por un juzgado madrileño anulando una multa impuesta a un conductor en una ZBE después de que el Ayuntamiento decidiera recurrir ante el Supremo la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que las anuló.
¿En qué se basa esta decisión? Según dicta la sentencia de este juzgado madrileño "el Juez puede dejar de aplicar una disposición de carácter general cuando sea contraria a la Constitución o a la ley”, contemplado en el art. 6 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
En el aire las sanciones por las ZBE
La anulación de la Ordenanza de Movilidad Sostenible implica la suspensión de las Zonas de Bajas Emisiones de Madrid dejando en el aire las sanciones y generando incertidumbre en el ámbito empresarial y social. En cuanto a la resolución final de la medida tendremos que esperar, ya que el Ayuntamiento decidió presentar recurso de casación antes de su fecha límite, que fue el 23 de octubre. Ahora estamos a la espera de la decisión del Tribunal Supremo para saber si las ZBE de Madrid continuarán vigentes o desaparecerán.
Y en este tiempo de espera, se ha producido la anulación de esta multa por acceder, sin autorización, en concreto a la ZBEDEP Plaza Elíptica en el km 3,9 de la autovía A-42.
¿Los motivos para anular multa ZBE?
Según dicta la sentencia del Juzgado nº5 de Madrid, la decisión de anular una multa por acceder a la ZBEDEP Plaza Elíptica se debe a:
Por “inaplicación de la Ordenanza de Movilidad de la ciudad de Madrid”, al considerarla “contraria a la Constitución o a la ley”, y porque el Ayuntamiento de Madrid es “incompetente” para sancionar infracciones en vías que no son de su titularidad.
Igualmente, la sentencia declara la nulidad de la sanción impuesta en base a que “la zona de bajas emisiones en Plaza Elíptica está mal señalizada, es una carretera nacional de titularidad estatal donde el ayuntamiento ni tiene competencias para su mantenimiento ni para sancionar, y el conductor no tiene posibilidad de dar la vuelta o retroceder, por lo que la propia vía te conduce a atravesar la zona de bajas emisiones.”
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Zonas de la ZBE de Madrid afectadas
La sentencia del TSJM ha anulado los preceptos de la Ordenanza de Movilidad Sostenible que establecían la delimitación de las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) en Madrid. Con esta medida se anulan todas las Zonas de Bajas emisiones de Madrid, incluidas las Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDPE) del Distrito Centro y Plaza Elíptica (de las cuales os dejamos un mapa en la galería de fotos). Estas áreas, incluidas las especiales, que limitaban la circulación de vehículos sin etiqueta ambiental, ahora quedan sin efecto.
Estas zonas eran clave dentro del plan de reducción de emisiones impulsado por el Ayuntamiento, con el objetivo de mejorar la calidad del aire en la capital. No obstante, la falta de consideración de su impacto económico, especialmente en sectores vulnerables, ha sido determinante para el fallo judicial. Este aspecto afecta tanto a particulares como a empresas, creando un vacío normativo que deberá ser abordado de manera urgente.
¿Por qué se anula la ZBE de Madrid?
Principio de transición justa
La sentencia del TSJM se fundamenta en el incumplimiento del "principio de transición justa". Este principio, consagrado en la Ley de Cambio Climático y Transición Energética, exige que las políticas medioambientales tengan en cuenta las circunstancias económicas de los colectivos más vulnerables. En este caso, la Ordenanza no realizó una evaluación adecuada del impacto que las ZBE tendrían sobre estos sectores, incluyendo a los ciudadanos de menor capacidad adquisitiva y a miles de autónomos y pymes. Los jueces consideraron que las restricciones impuestas no fueron suficientemente ponderadas, lo que podría haber derivado en medidas menos restrictivas o en mecanismos de apoyo a los afectados. La falta de este análisis económico es lo que ha llevado a la anulación de las ZBE en su configuración actual.
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Consecuencias económicas
El impacto económico de la normativa se perfila como uno de los puntos más controvertidos. A juicio del TSJM, las ZBE suponían una carga desproporcionada para los madrileños con menos recursos, muchos de los cuales no pueden permitirse renovar sus vehículos. Además, se destacó la afectación sobre los vehículos profesionales, que se veían obligados a enfrentar restricciones sin contar con un análisis detallado de cómo esto influiría en la competencia y el mercado local. Los pequeños negocios, especialmente los autónomos y las microempresas, habrían sido los más perjudicados por esta normativa, que no contemplaba ninguna solución para facilitar la transición hacia un parque automovilístico más moderno y menos contaminante.
El TSJM avala la petición de moratoria
La sentencia del TSJM respalda la solicitud de la Asociación Española de Automovilistas (AEA), que en agosto de 2024 pidió al Ayuntamiento una moratoria de dos años en la aplicación de las ZBE. La petición, basada en los mismos argumentos que ahora valida el TSJM, reclamaba que se aplazara la entrada en vigor de las restricciones para vehículos sin etiqueta medioambiental hasta enero de 2026.
AEA alertaba de que la implementación de las ZBE dejaría fuera de circulación a más de un millón de vehículos en Madrid, generando un impacto social y económico masivo, al tiempo que miles de conductores se verían obligados a enfrentarse a sanciones que podían haberse evitado con una planificación más equitativa.
Petición de devolución de las multas
Un aspecto clave de la sentencia es la posibilidad de que el Ayuntamiento de Madrid tenga que paralizar las multas impuestas por acceder a las ZBE y devolver las cantidades ya recaudadas, que se estiman en más de 330 millones de euros, desde septiembre de 2021 hasta febrero de 2024. Esta decisión afectaría a más de 1.760.000 sanciones, muchas de ellas aplicadas a vehículos que cumplen con las normativas de emisiones pero que, por la falta de un análisis proporcional, fueron restringidos de manera injusta. Según AEA, estas multas deben ser anuladas y habría que devolver el importe de aquellas que ya se hubieran cobrado.
Según informa AEA, el pasado mes de septiembre diversas autoridades municipales ya anunciaron que “el Ayuntamiento no devolverá el dinero de las multas de las ZBE de Madrid aunque lo tumbe el Supremo”.
Por ello AEA ha venido recomendando a los automovilistas afectados que a pesar del recurso de casación interpuesto ante el Supremo "recurrieran todas estas multas y agotaran todas las posibilidades de defensa contra unas sanciones de dudos legalidad".
Fechas de aplicación
El fallo del TSJM representa un golpe significativo a las políticas de movilidad sostenible del Ayuntamiento de Madrid, dejando en entredicho la implementación de las ZBE. Más allá de las implicaciones medioambientales, la sentencia pone el foco en la necesidad de equilibrar las medidas restrictivas con el impacto económico que generan, particularmente en los sectores más vulnerables.
La incertidumbre sobre el futuro de las ZBE y las posibles devoluciones de multas abre un nuevo capítulo en el debate sobre la transición hacia una movilidad más limpia y justa en la capital. Mientras tanto, y hasta que el Tribunal Supremo decida si admite o no el recurso del ayuntamiento de Madrid, las autoridades tendrán que replantear sus estrategias para evitar que medidas similares vuelvan a ser anuladas por la justicia.
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*Primera publicación 18 Septiembre 2024 por Arturo Martín
pasará como en Barcelona. Se aprobará como se hizo en Barcelona después del recurso.