La justicia anula las Zonas de Bajas Emisiones de Madrid
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La justicia anula las Zonas de Bajas Emisiones de Madrid

Arturo Martín

Arturo Martín

2 opiniones

(Noticia rectificada y ampliada) El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha tumbado las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) implementadas por el Ayuntamiento de Madrid. La sentencia se basa en la falta de un informe de impacto económico adecuado y su posible efecto discriminatorio para los sectores más vulnerables, afectando a millones de madrileños.

La anulación de la Ordenanza de Movilidad Sostenible implica la suspensión de las Zonas de Bajas Emisiones de Madrid dejando en el aire las sanciones y generando incertidumbre en el ámbito empresarial y social. En cuanto a la resolución final de la medida tendremos que esperar, ya que el 23 de octubre es la fecha límite que tiene el Ayuntamiento de Madrid para presentar el recurso de casación correspondiente. Una vez presentado, tendremos que esperar a que se resuelva la incógnita sobre si las ZBE de Madrid continuarán vigentes o desaparecerán.

Noticia | ¿Qué coches no pueden entrar en la ZBE de Madrid?

Zonas de la ZBE de Madrid afectadas por el cierre

Mapa de la Zonas de Bajas Emisiones incluidas las de Especial Protección (ZBEDPE) de Distrito Centro y Plaza Elíptica.
Mapa de la Zonas de Bajas Emisiones incluidas las de Especial Protección (ZBEDPE) de Distrito Centro y Plaza Elíptica.

La sentencia del TSJM ha anulado los preceptos de la Ordenanza de Movilidad Sostenible que establecían la delimitación de las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) en Madrid. Con esta medida se anulan todas las Zonas de Bajas emisiones de Madrid, incluidas las Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDPE) del Distrito Centro y Plaza Elíptica (de las cuales os dejamos un mapa en la galería de fotos). Estas áreas, incluidas las especiales, que limitaban la circulación de vehículos sin etiqueta ambiental, ahora quedan sin efecto.

Estas zonas eran clave dentro del plan de reducción de emisiones impulsado por el Ayuntamiento, con el objetivo de mejorar la calidad del aire en la capital. No obstante, la falta de consideración de su impacto económico, especialmente en sectores vulnerables, ha sido determinante para el fallo judicial. Este aspecto afecta tanto a particulares como a empresas, creando un vacío normativo que deberá ser abordado de manera urgente.

Las bases del cierre de las ZBE de Madrid

Principio de transición justa

La sentencia del TSJM se fundamenta en el incumplimiento del "principio de transición justa". Este principio, consagrado en la Ley de Cambio Climático y Transición Energética, exige que las políticas medioambientales tengan en cuenta las circunstancias económicas de los colectivos más vulnerables. En este caso, la Ordenanza no realizó una evaluación adecuada del impacto que las ZBE tendrían sobre estos sectores, incluyendo a los ciudadanos de menor capacidad adquisitiva y a miles de autónomos y pymes. Los jueces consideraron que las restricciones impuestas no fueron suficientemente ponderadas, lo que podría haber derivado en medidas menos restrictivas o en mecanismos de apoyo a los afectados. La falta de este análisis económico es lo que ha llevado a la anulación de las ZBE en su configuración actual.

El fallo refleja el desbalance entre restricciones medioambientales y su impacto en los pequeños negocios.
El fallo refleja el desbalance entre restricciones medioambientales y su impacto en los pequeños negocios.

Consecuencias económicas

El impacto económico de la normativa se perfila como uno de los puntos más controvertidos. A juicio del TSJM, las ZBE suponían una carga desproporcionada para los madrileños con menos recursos, muchos de los cuales no pueden permitirse renovar sus vehículos. Además, se destacó la afectación sobre los vehículos profesionales, que se veían obligados a enfrentar restricciones sin contar con un análisis detallado de cómo esto influiría en la competencia y el mercado local. Los pequeños negocios, especialmente los autónomos y las microempresas, habrían sido los más perjudicados por esta normativa, que no contemplaba ninguna solución para facilitar la transición hacia un parque automovilístico más moderno y menos contaminante.

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El TSJM avala la petición de moratoria

El TSJM respalda la solicitud de AEA de una moratoria de dos años para las restricciones de vehículos sin etiqueta.
El TSJM respalda la solicitud de AEA de una moratoria de dos años para las restricciones de vehículos sin etiqueta.

La sentencia del TSJM respalda la solicitud de la Asociación Española de Automovilistas (AEA), que en agosto de 2024 pidió al Ayuntamiento una moratoria de dos años en la aplicación de las ZBE. La petición, basada en los mismos argumentos que ahora valida el TSJM, reclamaba que se aplazara la entrada en vigor de las restricciones para vehículos sin etiqueta medioambiental hasta enero de 2026.

AEA alertaba de que la implementación de las ZBE dejaría fuera de circulación a más de un millón de vehículos en Madrid, generando un impacto social y económico masivo, al tiempo que miles de conductores se verían obligados a enfrentarse a sanciones que podían haberse evitado con una planificación más equitativa.

Petición de devolución de las multas

Un aspecto clave de la sentencia es la posibilidad de que el Ayuntamiento de Madrid tenga que paralizar las multas impuestas por acceder a las ZBE y devolver las cantidades ya recaudadas, que se estiman en más de 330 millones de euros. Esta decisión afectaría a más de 1.760.000 sanciones, muchas de ellas aplicadas a vehículos que cumplen con las normativas de emisiones pero que, por la falta de un análisis proporcional, fueron restringidos de manera injusta.

Fechas de aplicación

El Ayuntamiento tiene 30 días para recurrir el fallo del TSJM ante el Tribunal Supremo.
El Ayuntamiento tiene 30 días para recurrir el fallo del TSJM ante el Tribunal Supremo.

El fallo del TSJM representa un golpe significativo a las políticas de movilidad sostenible del Ayuntamiento de Madrid, dejando en entredicho la implementación de las ZBE. Más allá de las implicaciones medioambientales, la sentencia pone el foco en la necesidad de equilibrar las medidas restrictivas con el impacto económico que generan, particularmente en los sectores más vulnerables.

En cuanto al recurso, el Ayuntamiento de Madrid tiene la posibilidad de interponerlo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en los próximos 30 días (desde el 18 de septiembre),lo que podría extender la incertidumbre sobre el futuro de las ZBE y la gestión de las multas. No obstante, AEA confía en que la sentencia no sea recurrida, considerando la solidez de los argumentos presentados por el TSJM y el precedente establecido por el TJUE. La incertidumbre sobre el futuro de las ZBE y las posibles devoluciones de multas abre un nuevo capítulo en el debate sobre la transición hacia una movilidad más limpia y justa en la capital. Mientras tanto, las autoridades tendrán que replantear sus estrategias para evitar que medidas similares vuelvan a ser anuladas por la justicia.

También te pueden interesar las siguientes aplicaciones y restricciones de las ZBE en:

Galería de fotos de La justicia anula las Zonas de Bajas Emisiones de Madrid

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p
pedro

pasará como en Barcelona. Se aprobará como se hizo en Barcelona después del recurso.

JA
J A Aranda García

Cuando a los jueces no les importa absolutamente nada la salud de los ciudadanos...