A ningún conductor le gusta pagar multas de tráfico pero es lo que tendrás que hacer si incumples algunas de las normas de tráfico, tanto estés de acuerdo con ellas como si no. ¿Qué multas en moto son las más frecuentes? Las analizamos.
En España se notificaron 4.793.520 sanciones en 2021, según datos de la Dirección General de Tráfico, son 906.485 más que las de 2020, primer año de pandemia y restricciones a la circulación. Pero también son 109.846 más que en 2019 y ¡614.676 más que en 2018! Una posible lectura es que el procedimiento sancionador español funciona.
Hasta que se reformó este procedimiento el 23 de noviembre de 2009 sólo se producía dos millones de sanciones al año, las alegaciones llegaban al millón, se pagaban el 48% de las multas y las notificación llegaba al infractor 90 días después de cometer la infracción. Ahora las multas son más del doble, sólo se recurren 70.000, se pagan el 75% y la notificación llega en 20 días.
Más multas, menos siniestros
Esta reforma del procedimiento sancionador junto al carnet por puntos puesto en marcha en julio de 2006 han sido claves para reducir la siniestralidad vial en las calles y carreteras de España. Recientemente, además, se ha actualizado la Ley de Tráfico y Seguridad Vial con un endurecimiento de las normas. En este enlace te contamos cómo afecta la nueva Ley de Tráfico al motorista.
Los conductores cada vez nos sentimos más vigilamos, un síntoma positivo para Ramón Ledesma, artífice de la reforma del procedimiento sancionador en la primera etapa de Pere Navarro como director de la DGT: “a mayor pago de multas, mayor es la reducción de la siniestralidad. Se confirma el hecho de que quien la hace la paga”. También es importante que el ciudadano considere que la sanción es justa. Aquí encontramos la polémica del ‘afán recaudador’ de la que tanto se quejan los conductores.
“El problema está en cómo se gestionan los radares para que no haya rechazo público”, ha dicho Pere Navarro, director de la DGT. Por eso, “primero empezamos sancionando a los que más exceden la velocidad; hablamos con el RACE para que nos dijeran en qué puntos se produce más siniestralidad y colocar allí los radares; ponemos más carteles y grandes cajas en las que sólo instalamos un radar por cada tres y los vamos moviendo; aumentamos el número de agentes de la Guardia Civil; y estamos instalando nuevos radares de tramo para mantener una velocidad constante según la norma y evitar dar el frenazo brusco”.
¿Siempre es culpa del error humano?
Las distracciones, el consumo de alcohol y la velocidad inadecuada son los factores que están detrás de la mayoría de siniestros viales con víctimas mortales. Pero todavía la sociedad no está muy concienciada sobre sus riesgos. La manera más rápida para la DGT de ‘atajar’ y reducir la siniestralidad son las multas, muchos conductores las temen más que a su propia vida. La realidad es que muchos siniestros también se producen porque las vías no están en buen estado, falta un guardarraíl donde tenía que haberlo, el vehículo está en mal estado, una señal está en mal estado o escondida por las ramas de un árbol… Solucionar estos problemas es más lento y más costoso. Y no olvidemos que el factor humano está detrás del 90% de los accidentes.
Hasta ahora se estaban reduciendo los accidentes pero los datos de abril dejan 25 fallecidos más que en abril de 2019. En total 99 víctimas mortales, la mayoría en carreteras convencionales. Y una cifra preocupante: 26 fallecidos circulaban en motocicleta, siete más, y uno en ciclomotor – en 2019 no hubo ninguno-. Con la nueva Ley de Tráfico se prohíbe superar la velocidad límite de la vía al realizar adelantamientos, una norma que ha generado mucha polémica por el peligro que puede suponer. Los datos nos irán diciendo si está detrás del aumento de los fallecidos en vías convencionales por un aumento de los choques frontales.
¿A qué multas se exponen los motoristas?
Según los datos de la DGT en 2021 las multas más frecuentes de todos los conductores en general fueron:
EXCESO DE VELOCIDAD (3.056.437)
Por radar fijo se pusieron 2.192.661 y por radar móvil 863.776.
En zona urbana hay nuevos límites de velocidad desde mayo de 2021: a 20 a 30 y a 50 km/h. Aquí tienes más detalles.
En carreteras secundarias el límite máximo es de 90 km/h aunque, según el tramo, puede ser menor. Y en autovías y autopistas, también dependiendo del tramo, el límite es de 120 km/h.
Las multas varían entre 100 y 600 euros, con posibilidad de penas de prisión. Se pueden restar desde dos a seis puntos. En este enlace te doy más detalles de todas las multas y amplia información sobre los límites de velocidad en moto.
Recordamos, que en la nueva Ley de Tráfico se incluye la prohibición expresa de los detectores e inhibidores de los radares, distinguiendo claramente de los avisadores. Llevarlos en el vehículo supondrá una sanción de 500 euros y la pérdida de 3 puntos.
CIRCULAR ITV (591.077)
La inspección técnica de vehículos (ITV) es obligatoria para todos los vehículos dados de alta en el registro de la DGT. Las multas son:
• Circular sin haber pasado la ITV obligatoria: 200 euros.
• Circular con el vehículo cuya inspección técnica ha resultado negativa: 500 euros.
• Circular con el vehículo cuya inspección ha resultado desfavorable: 200 euros.
• Si no llevas contigo la tarjeta de inspección técnica: 60 euros.
• No llevar la pegatina colocada en un lugar visible: 80 euros.
Todas las claves para pasar la ITV de la moto aquí.
En este enlace tienes los precios de la ITV de motos por CCAA.
CONDUCIR SIN PERMISO O LICENCIA (126.751)
Conducir un vehículo con un permiso o licencia que no le habilita para ello supone una multa de 500 euros y la retirada de cuatro puntos. Conducirlo con un permiso o licencia caducado está castigado con una multa de 200 euros.
USAR EL TELÉFONO MÓVIL (101.443)
Está totalmente prohibido circular manipulando el teléfono móvil u otro dispositivo. Desde marzo se quitan seis puntos del carnet. La sanción económica se mantiene en 200 euros.
Es importante recordar que las distracciones son la primera causa de siniestralidad mortal desde el año 2016.
CARECER DE SEGURO (70.409)
Por el hecho de incumplir la obligatoriedad de tener un seguro de responsabilidad civil te podrán multar con 650 euros si se trata de un ciclomotor y con 700 euros si es una motocicleta.
En este enlace te cuento qué tipo de seguro de moto te puede interesar más.
CIRCULAR SIN SEGURO (66.996)
Circular con un vehículo sin que conste que el propietario tenga suscrito y mantenga en vigor un contrato de seguro que cubra la responsabilidad civil conlleva multas que varían entre los 1.000 euros en el caso de un ciclomotor y 1.250 euros en el caso de una motocicleta (permisos A2, A1 y A).
En este enlace te cuento las consecuencias de conducir una moto sin seguro.
TASA POSITIVA EN ALCOHOL (56.073)
El alcohol se mantiene como el segundo factor concurrente en los siniestros mortales de tráfico. Superar la tasa permitida de alcohol se califica como infracción grave y está castigada con estas multas :
• Entre 0,25 mg/l hasta 0,50 mg/l: 500 € y 4 puntos.
• Más de 0,50 mg/l: 1.000 € y 6 puntos.
• Reincidentes: 1.000 euros y 4 o 6 puntos (según la tasa dada).
Y también se puede considerar delito penal con penas de prisión y retirada del carnet:
• Más de 0,60 mg/l: prisión de 3 a 4 meses o multa de 6 a 12 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días y privación del derecho a conducir de 1 a 4 años.
Incumplir la obligación de someterse a las pruebas de detección alcohólica y de drogas conlleva una multa de 1000 euros y retirada de 6 puntos en el carnet de conducir.
Esta entrevista a Sergio Hijano te puede hacer pensar.
PRESENCIA DE DROGAS (50.613)
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Conducir con presencia de drogas en el organismo supone una multa de 1.000 euros y 6 puntos.
NO IDENTIFICAR AL CONDUCTOR INFRACTOR (48.808)
En este caso la multa puede oscilar entre 200 y 1.500 euros en función de la gravedad de los hechos. Si recibes una carta de la DGT solicitando dicha identificación, tendrás 20 días naturales a contar desde el día siguiente de la recepción de la notificación.
PARADAS O ESTACIONAMIENTOS NO PERMITIDOS (44.144)
La multa por estacionar o parar un vehículo de forma indebida puede oscilar:
•- Serán 80 euros por estacionar en zona con limitación horaria, en zona de carga y descarga, en un vado, en lugar no indicado obstaculizando la circulación o constituyendo un riesgo para los demás usuarios.
•- Serán 200 euros si se estaciona en doble fila, sobre una acera, paseo, zonas para peatones, en un vado (si hay riesgo grave) o en un lugar que obstaculice gravemente la circulación o ponga en peligro a los peatones u otros usuarios.
MAL ESTADO DE LOS NEUMÁTICOS (27.844)
Circular con un vehículo cuyos neumáticos no presentan dibujo en las ranuras principales de la banda de rodadura o que no reúnan las condiciones mínimas de utilización según lo exigido reglamentariamente está castigado con una multa de 200 euros.
No colocar cadenas, dispositivos antideslizantes o neumáticos especiales cuando sea obligatorio, al menos, sobre una rueda motriz conlleva una multa de 200 euros.
SALTARSE EL STOP O CEDA EL PASO (27.532)
Tendrás que pagar 200 euros y te quitarán cuatro puntos si no cedes el paso en una intersección regulada con señal de detención obligatoria, obligando al conductor del otro vehículo que circula con prioridad a frenar o maniobrar bruscamente. La misma sanción conlleva no detenerse ante un Stop
Saltarse el semáforo en rojo son 200 euros y cuatro puntos. Saltarse la luz ámbar son 200 euros.
CONDUCCIÓN NEGLIGENTE (22.225)
Según el Reglamento General de Circulación, conducir de forma negligente creando una situación de riesgo o peligro para sí mismo, los demás ocupantes del vehículo o para el resto de usuarios de la vía está castigado con una multa de 200 euros. Se considera una infracción grave.
A la conducción negligente, hay que añadir 31.064 infracciones cometidas en 2021 por realizar comportamientos indebidos.
MAL ALUMBRADO (20.108)
•- Si circulas durante el día con la motocicleta sin llevar encendida la luz de corto alcance o cruce: 200 euros.
•- Si conduces produciendo deslumbramientos con la luz de largo alcance o de carretera: 200 euros.
•- Si conduces por una vía urbana o interurbana suficientemente iluminada, entre el ocaso y la salida del sol, sin llevar la luz de corto alcance o cruce: 200 euros.
•- No llevar iluminada la placa de matrícula: 200 euros.
•- Si circulas con dispositivos de alumbrado en mal estado o que no cumplan las exigencias del reglamento de vehículos: 200 euros.
En este enlace te cuento las claves para conducir de noche una moto con seguridad.
USAR AURICULARES (17.591)
La nueva Ley de Tráfico da forma a uno de los reclamos de los motoristas. Desde marzo pueden utilizar dispositivos inalámbricos certificados u homologados para la utilización en el casco de protección de conductores de moto y ciclomotor con fines de comunicación o navegación, siempre que no afecte a la seguridad en el conducción.
La multa por conducir utilizando cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido es de 200 euros y la retirada de tres puntos.
DESOBEDIENCIA A LA AUTORIDAD (10.709)
En este caso te pueden multar con 200 euros por no respetar las señales e indicaciones del personal auxiliar habilitado para regular la circulación en ausencia de los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia y regulación del tráfico.
Si no respetas las señales o las órdenes de la autoridad encargada de la regulación, ordenación, gestión y vigilancia del tráfico, además de 200 euros, te quitarán cuatro puntos del carnet.
ADELANTAMIENTOS INDEBIDOS (9.889)
Desde marzo está prohibido superar en 20 km/h la velocidad máxima permitida de una vía secundaria para realizar un adelantamiento.
En general, los adelantamientos indebidos restan seis puntos en el carnet y suponen una multa de 200 euros.
Adelantar a un ciclista o grupo de ciclistas sin respetar la anchura de seguridad de al menos 1,5 metros supone 6 puntos menos en el carnet y una multa de 200 euros.
NO MANTENER LA DISTANCIA DE SEGURIDAD (9.402)
La multa por no mantener la distancia de seguridad adecuada es de 200 euros y la pérdida de cuatro puntos en el carnet de conducir.
CONDUCCIÓN TEMERARIA/SENTIDO CONTRARIO (7.982)
Este tipo de conducción está fuertemente castigado, bien con penas de prisión entre seis meses y cinco años, según la peligrosidad y consecuencias ocasionadas, o bien con una sanción administrativa calificada de muy grave con una multa de 500 euros y retirada del carnet de conducir.
NO USAR CASCO U OTROS SISTEMAS DE PROTECCIÓN (7.460)
Desde marzo de 2022 la Ley de Tráfico castiga tanto el no usar el casco de protección obligatorio como usarlo de forma incorrecta. Son cuatro puntos menos en el carnet y una multa de 200 euros.
INCUMPLIR RESTRICCIONES DE CIRCULACIÓN (6.192)
Desde marzo incumplir las restricciones a la circulación (tanto por protocolos de contaminación como en zona de bajas emisiones) se considera una infracción grave con sanción de 200 euros.
Te contamos más sobre las ZBE de Madrid y de Barcelona.
Aunque no está entre las multas más frecuentes, también ten en cuenta que circular con menores de 12 años como pasajeros de ciclomotores o motocicletas está multado con 200 €, 2 puntos y posibilidad de retirada del carné de conducir por un período de hasta 3 meses. Todas las claves para llevar a un niño en moto aquí.