Un 30% de las muertes en carreteras están causadas por una velocidad excesiva o inadecuada según el informe del Observatorio Europeo de Seguridad Vial (ERSO) de 2021. También las multas por exceso de velocidad siguen en aumento. El exceso de velocidad lidera el ranking de multas más frecuentes porque está presente en 2 de cada 3 denuncias. ¿Sabías que el 43% de los conductores exceden los límites de velocidad?
La salida de vía y los atropellos son los tipos de siniestros que más se han incrementado. Detrás de la salida de vía suele estar velocidad excesiva y distracciones. Velocidades de la DGT, ¿cuáles son los límites máximos y sus respectivas multas?
La Dirección General de Tráfico habla de velocidad inadecuada (demasiado alta para las condiciones de la vía), en lugar de velocidad excesiva, cuando se refiere a las causas más frecuentes de la siniestralidad en las carreteras españolas. Hay que destacar que en los últimos años este factor concurrente ha abandonado el primer puesto del ranking de los factores que provocan más accidentes para dejar paso a las distracciones -la mayoría por el uso del teléfono móvil- y al consumo de alcohol y drogas al volante. Aun así, el exceso de velocidad es la infracción que más cometen los conductores, muy por delante de las multas por no pasar la ITV o circular con la ITV desfavorable. Aquí puedes ver el ranking de multas más frecuentes
¿Cuál es la multa por exceder los límites?
Si hay un sistema rápido y eficaz para ‘convencer’ a los conductores de la importancia de cumplir las normas, es sin duda, el sistema sancionador, ‘quien la hace, la paga’. En las carreteras españolas hay 780 radares fijos de control de velocidad (92 son de tramo), 1.325 radares móviles, 12 helicópteros, 245 cámaras de control de móvil y de cinturón (29 más que el pasado verano) y 39 drones para actividades de regulación (23 con capacidad para denunciar). Los drones no pueden notificar una infracción por exceso de velocidad.
Aquí puedes consultar la lista de los radares que más recaudan.
El incumplimiento de los límites de velocidad de la DGT está calificado como infracción grave, muy grave o como delito en función de en cuánto se sobrepase dicho límite.
Tabla de multas por exceso de velocidad
INFRACCIÓN GRAVE:
Límites entre 20 y 50 km/h:
Hasta 20 km/h más: multa 100 €. No resta puntos.
De 21 a 30 km/h más: multa 300 €. 2 puntos.
De 31 a 40 km/h más: multa 400 €. 4 puntos.
De 41 a 50 km/h más: multa 500 €. 6 puntos.
Límites entre 60 y 120 km/h:
Hasta 30 km/h más: multa 100 €. No resta puntos.
De 31 a 50 km/h más: multa 300 €. 2 puntos.
De 51 a 60 km/h más: multa 400 €. 4 puntos.
De 61 a 70 km/h más: multa 500 €. 6 puntos.
INFRACCIÓN MUY GRAVE
Límites entre 20 y 50 km/h:
Más de 51 km/h: multa 600 €. 6 puntos.
Límites entre 60 y 120 km/h:
Más de 71 km/h: multa 600 €. 6 puntos.
DELITO
Más de 60 km/h en vías urbanas y más de 80 km/h en vías interurbanas: prisión de 3 a 6 meses o multa de 6 a 12 meses o trabajos para la comunidad de 31 a 90 días. Privación del permiso de conducción entre 1 y 4 años.
En este enlace te contamos qué infracciones restan puntos.
¿A qué velocidad máxima puedo circular?
La primera normativa que reguló el tráfico en España se aprobó en el año 1900 y, entre otras normas, limitaba la velocidad máxima a 28 km/h en carretera y a 15 km/h en ciudad. Pero fue el Código de Circulación de 1934 el que marcó toda la regulación futura hasta llegar a la actual. En ese año las multas por superar la velocidad máxima eran muy elevadas para la época, 5 pesetas o 25 pesetas para los reincidentes.
En la actualidad, los límites máximos de las velocidades según la DGT para turismos, motocicletas, autocaravanas con MMA igual o inferior a 3.500 kilos y pick-up son los siguientes, y recalco lo de límites máximos porque, dependiendo del tipo de vehículo y de las características de cada vía, la velocidad máxima puede ser menor:
AUTOPISTAS O AUTOVÍAS: 120 km/h
CARRETERAS CONVENCIONALES: 90 km/h
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VÍAS URBANAS: 50 km/h
Velocidades en carretera convencional: se redujo la velocidad máxima genérica de 100 a 90 km/h en enero de 2018 -porque son las vías donde se producen la mayoría de fallecidos-, aunque hay que ir atentos a las señales cuando conducimos por estas vías porque la limitación puede ser mayor dependiendo de las características (tamaño del arcén, separación física para ambos sentidos…). Incluso, como excepción, podemos encontrar señales que limitan la velocidad a 100 km/h. Así lo permite la normativa para turismos, motocicletas o autocaravanas con una masa máxima autorizada igual o inferior a 3.500 kilos si el titular de la vía considera que existe una separación física para ambos sentidos de la circulación.
En vías urbanas la DGT también ha aplicado una modificación. Desde el 11 de mayo de 2021 los límites de velocidad se reducen según las características de las vías. Estos son los nuevos límites en ciudad:
20 km/h en vías que dispongan de plataforma única de calzada y acera.
30 km/h en vías de un único carril por sentido de circulación.
50 km/h en vías de dos o más carriles por sentido de circulación.
En autovías y autopistas: la velocidad máxima en autovía se mantiene en 120 km/h aunque hace años, entre las modificaciones que se preveían en los límites de velocidad se hablaba de aumentarlo a 130 km/h en tramos específicos mediante paneles variables, una medida polémica que, de momento, quedó en el olvido. Sólo los cambios en carreteras convencionales y en ciudad han conseguido salir adelante.
¿Por qué incumplimos los límites de velocidad?
Las razones son variadas aunque en la mayoría de ocasiones predomina el descuido, porque se nos olvidó el límite de la última señal que vimos, porque hay poco tráfico y se nos va el pie o porque no percibimos el riesgo. El problema se agudiza cuando se incumplen las normas de forma activa, buscando experimentar situaciones de riesgo o porque el conductor no cree en la legitimidad de los límites establecidos. Estos últimos conductores forman parte de un grupo minoritario pero que puede ocasionar graves consecuencias.
A más velocidad, mayor gravedad en las lesiones
Diversos estudios coinciden en que la velocidad tiene una influencia directa en la frecuencia y severidad de los accidentes. Lo dice el informe ‘Velocidad y Riesgo de Accidente’ realizado por la OCDE y el Forum Internacional del Transporte (ITF) en 2018, incluso afirma que “reducir la velocidad media 5 km/h en vías interurbanas reduce un 28% los accidentes mortales”. El informe más reciente de ERSO de 2021 también pone de manifiesto que reducir la velocidad media en 1 km/h en todas las carreteras de la Unión Europea salvaría más de 2.000 vidas al año.
El modelo potencial propuesto por el investigador noruego Nilsson, comúnmente aceptado por organismos internacionales, también afirma que una subida del 1% en la velocidad media conlleva un crecimiento del 2% en la frecuencia de accidentes con víctimas, del 3% en la frecuencia de accidentes graves y del 4% de accidentes mortales. Además, para la Comisión Europea (CE), la velocidad es determinante en el 30% de los accidentes mortales.
Un estudio de la Fundación Mapfre también afirma que, si los conductores no excedieran la velocidad, en España se podrían salvar al año 370 vidas, de los cuales 293 corresponderían a colisiones entre vehículos y 83 a atropellos. Además, se evitarían 1.852 heridos graves.
Pero son estudios que consideran la velocidad como variable única de la siniestralidad. Lo que la sociedad reclama es un sistema de tráfico rápido, seguro, sostenible y accesible.
"La velocidad es progreso, la velocidad vertebra los territorios y permite un mayor desarrollo social. Pero para ganar velocidad debemos ser conscientes de que hay que trabajar en varios frentes a la vez y eso no es tarea fácil", explica Juan José Alba, ingeniero del transporte español y especializado en el estudio de los accidentes de tráfico y la seguridad vial en la Universidad de Zaragoza.
Sí, la velocidad es un factor importante en la siniestralidad pero no es el único. Los cambios en los límites de velocidad deben de ir acompañados de "una mejor formación en los conductores, de una mayor calidad de las carreteras, de un análisis técnico de los accidentes para conocer todas las causas...", reclama Juan José Alba.
Pero hasta que esto llegue, debemos utilizar las herramientas que tenemos para garantizar nuestra seguridad al volante y la del resto de usuarios: hay que ser responsables y cumplir las normas. Hay que respetar las velocidades en carreteras y en las calles.
Circular a una velocidad segura
Como conductores responsables no debemos fijarnos tanto en las señales que limitan la velocidad en las vías -que estamos obligados a cumplir nos guste o no- . Lo más recomendable es valorar cuál es la velocidad segura a la que debemos circular.
Según explica la revista ‘Tráfico y Seguridad Vial’ de la DGT, “es aquella que asegura que, en caso de accidente, la probabilidad de lesiones a las personas implicadas no supere un determinado umbral y en la que cada conductor debe tener en cuenta su capacidad y aptitud psicofísica, el estado del vehículo, de la carretera y las condiciones climatológicas, para circular, por debajo de los límites, a una velocidad que le permita frenar, tomar las curvas, adelantar… en definitiva, con tiempo y espacio suficiente para no sufrir un accidente, ni dejar nada al azar”. Para la DGT son velocidades seguras circular a 30 km/h (en zonas de convivencia con vulnerables) a 50 km/h (en carreteras con intersecciones) y a 70 km/h (en carreteras con riesgo de colisión frontal).
Lo que debes saber...
Desde el 21 de marzo de 2022 está en vigor la nueva Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial con novedades:
Sobre los radares o cinemómetros: Se sustituye la infracción grave de ‘utilizar’ mecanismos de detección de radares o cinemómetros por el mero hecho de ‘llevar en el vehículo’ esos dispositivos (aunque no se utilicen). Esta infracción no recibe cambios en la sanción (200 euros) y conlleva igualmente la pérdida de tres puntos.
Se elimina el exceso de velocidad en los adelantamientos: Los turismos y motocicletas ya no podrán rebasar en 20 km/h los límites genéricos de velocidad en carreteras convencionales cuando adelanten a otros vehículos. Se mantiene esta medida a pesar de las quejas que ha provocado. En este enlace puedes ver el vídeo-reportaje que hizo Joan Dalmau para demostrar que el hecho de no permitir rebasar la velocidad máxima puede ser más peligroso que permitirlo.
Los límites de velocidad son los mismos cuando íbamos en un 600 sin cinturón, no los veo muy adaptados a la realidad y se penalizan para que la DGT se hinche los bolsillos solamente porque mejorar las vías no.