Las motos podrán circular por el arcén en 2025
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Las motos podrán circular por el arcén en 2025

Sara Soria

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Las motos podrán circular por el arcén a partir de 2025. Así lo ha anunciado la Dirección General de Tráfico confirmando uno de los reclamos más pedidos por el sector. La novedad normativa autorizará a los motoristas a circular por el arcén de la derecha de todo tipo de vías con retenciones circulatorias y siempre que se den algunas condiciones.

Esta novedad se incluirá en un Real Decreto que modificará el Reglamento General de Circulación en los apartados que se refieren al uso de carriles y de arcenes en situaciones especiales, con mal tiempo y con atascos. En el caso del uso del arcén por parte de las motos, se modificará el artículo 36.3.

La DGT permitirá a las motos circular por el arcén de la derecha en atascos siempre que se cumplan una serie de requisitos.
La DGT permitirá a las motos circular por el arcén de la derecha en atascos siempre que se cumplan una serie de requisitos.

¿Cuándo una moto podrá circular por el arcén?

La modificación normativa sobre la circulación de motos por el arcén de la derecha establece una serie de condiciones:

  • Se autorizará a circular por el carril de la derecha de todo tipo de vías siempre que haya atasco o retenciones circulatorias.

  • No se podrá superar los 30 km/h de velocidad máxima.

  • Se respetará la prioridad de vehículos obligados a circular por el arcén, especialmente a las bicicletas.

¿A partir de cuándo las motos podrán circular por el arcén?

Actualmente la DGT está trabajando en varias modificaciones sobre el uso de carriles y arcenes en situaciones especiales, con mal tiempo y con atascos con el objetivo de mejorar la seguridad y la fluidez de la circulación.

La previsión es que el Real Decreto entre en vigor en 2025.

¿Qué otras modificaciones prepara la DGT?

Además de permitir el uso del carril derecho a las motocicletas, también se prohibirá adelantar a todos los vehículos en autovías y autopistas cuando el hielo o la nieve compliquen la circulación. Estos vehículos tendrán la obligación de circular por el carril de la derecha para dejar el carril izquierdo libre para la circulación de vehículos de emergencia y quitanieves.

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También se autorizará a vehículos prioritarios y de auxilio (grúas) en vías públicas, a usar los arcenes siempre que cumplan las condiciones de seguridad, utilicen señales luminosas y reflectantes y no superen los 30 km/h (excepto los prioritarios).

Otra las de las novedades afecta a los conductores de autopistas y autovías quienes estarán obligados a abrir un pasillo central de acceso para las emergencias cuando haya una retención o se circule muy despacio. Estos conductores deberán abrirse hacia los lados, un comportamiento que hasta ahora no estaba especificado cuando se circula por vías congestionadas para dejar paso a los servicios de emergencias.

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