La baja temporal de los vehículos deja de ser indefinida
ACTUALIDAD

La baja temporal de los vehículos deja de ser indefinida

Sara Soria

Sara Soria

4 opiniones

La Dirección General de Tráfico quiere poner solución a los 2,6 millones de vehículos que hay sin seguro en España y, posiblemente, también sin ITV. Se acaba de publicar el Real Decreto 265/2021 que regula el final de la vida útil de los vehículos y que modifica el Real Decreto de 1998. Incluye importantes novedades.

Se limita la baja temporal a un año

Hasta ahora la baja temporal de un vehículo no tenía límite temporal una vez solicitada. La nueva normativa sí establece un plazo de un año. Pasado ese plazo si el interesado no pide una prórroga, el coche, moto, furgoneta… volverá a estar en activo. Esto implica que tendrá que hacer frente a todas las obligaciones administrativas y fiscales, como tener contratado un seguro de responsabilidad civil o a terceros, pagar el impuesto de vehículos de tracción mecánica y pasar la inspección técnica de vehículos.

Cuando estés interesado en prorrogar la baja temporal tendrás que estar atento y solicitarla como máximo dos meses antes de que finalice dicha baja.

Lo que persigue esta nueva medida es evitar el uso abusivo de la baja temporal que algunos talleres realizaban para evitar la obligación de llevar el vehículo a un Centro Autorizado de Tratamiento (CAT) al final de su vida útil. Desde el año 2004 a 2019 se han duplicado este tipo de bajas pasando de 60.982 a 132.459.

En este enlace puedes consultar las consecuencias de tener en propiedad o circular con un coche sin seguro.

Pasar la ITV tras un siniestro total

Otra novedad del Real Decreto quiere garantizar la seguridad vial y la transparencia en el mercado de segunda mano. Se trata de la obligación de superar una inspección ITV en aquellos vehículos que han sido declarados siniestro total por una compañía aseguradora y que su titular pretenda reparar para continuar utilizándolo o transferirlo a otro titular.

Esta ITV tendrá que tener fecha posterior a la declaración del siniestro total, garantizará las condiciones técnicas para circular y figurará en el historial técnico del vehículo, algo que podrá consultar cualquier interesado en su compra.

Tres meses para trasladar el coche a otro país

¿Necesitas trasladar un vehículo a otro país donde será matriculado? Podrás pedir la baja del vehículo por exportación o tránsito comunitario, pero deberás hacer el traslado en un plazo máximo de tres meses desde la anotación de la baja en el registro de la DGT. Y aquí está la novedad, en el plazo de tres meses. Se evitan así bajas por tránsito comunitario ficticias que se comunican para evadir obligaciones fiscales y, al mismo tiempo, se mejora la exportación de vehículos a otros países.

Si se superan los tres meses de plazo y si hay constancia de que el vehículo continúa circulando en España, éste se dará nuevamente de alta en el Registro General de Vehículos de la DGT.

Suscríbete a la newsletter

Suscríbete a la newsletter

Si quieres estar al día de nuestras noticias, tienes que tener una cuenta en coches.net.

Se prohíbe exportar vehículos no seguros o contaminantes

Cuando el vehículo que se quiera exportar tenga más de cuatro años de antigüedad desde su primera fecha de matriculación o haya sufrido un siniestro o daño importante que pueda afectar a su seguridad, se le exigirá superar una ITV antes de ser dado de baja definitiva por traslado a otro país.

Esa ITV verifica que el vehículo sigue cumpliendo los requisitos para circular por las vías públicas y no se trata de la exportación de residuos. De esta manera se frena la exportación a terceros países de vehículos que no cumplen requisitos de seguridad y ambientales.

Baja definitiva para vehículos con 10 años sin seguro o ITV

Cuando un vehículo figure como no asegurado o sin ITV durante los últimos diez, se le podrá dar de baja definitiva, aunque se podrá poner en circulación de nuevo si el titular acredita su existencia y que cumple los requisitos para obtener el permiso de circulación. Es otra medida para acabar con los cerca de tres millones de vehículos que figuran en el parque automovilístico pero no tienen seguro. Coches o motos guardados en un garaje que no se utilizan, están abandonados o forman parte de una coleccionista están afectados por esta nueva norma.

Vehículos con baja definitiva para formación o simulacros

El nuevo Real Decreto también da la posibilidad de que los Centros Autorizados de Tratamiento, previa autorización de la DGT, cedan los vehículos al final de su vida útil -dados de baja definitiva- a instituciones dedicadas a la formación, investigación en automoción o para trabajos de protección civil o simulacros.

Rehabilitación de históricos con baja definitiva

¿Diste de baja definitiva un vehículo y ahora quieres rehabilitarlo? Podrás hacerlo si cumples los requisitos solicitados y acreditas que el vehículo histórico que quieres rehabilitar tiene un especial interés histórico o singularidad.

Las administraciones públicas competentes tendrán un plazo de un año para adoptar sus procedimientos y autorizaciones para poner en marcha el nuevo RD 265/2021 del 13 de abril.

Galería de fotos de La baja temporal de los vehículos deja de ser indefinida

Opiniones de La baja temporal de los vehículos deja de ser indefinida

Forma parte de nuestra comunidad

Forma parte de nuestra comunidad

Si te ha gustado nuestro artículo y quieres dejar tu opinión, tienes que tener una cuenta en coches.net.

Reinius
Reinius

Toda mejora es bienvenida.

SA
Sisco A.
| 1 respuesta

Mejor hubiera sido eliminar la baja temporal para terminar con muchos chanchullos ilegales

Anónimo

Este comentario ha sido eliminado.

J
Jesus

Me parece estupendo , ya iba siendo hora de hacer limpieza.